Tabasco fortalece estrategia contra los feminicidios

Tabasco es de las entidades del país con más acciones para mejorar la atención a la mujer; un ejemplo, es la reciente inauguración de las modernas instalaciones de la Dirección para la Atención a la Violencia de Género, en la Fiscalía General del Estado (FGE), por lo que no es viable solicitar la activación de la Alerta de Género en el estado.

Lo anterior lo señaló el Vicefiscal de Derechos Humanos y Atención Integral a Víctimas de la FGE, Silbestre Álvarez Ramón, quien afirmó que estas actividades han dado como resultado que el delito de feminicidio haya disminuido más del 22%, en comparación con el año pasado.

En el 2018, durante el último año de la administración de Arturo Núñez Jiménez, la entidad registró 40 feminicidios; sin embargo, durante lo que va del 2019, solo se han presentado 24 casos, lo que representa un importante descenso.

Por ello, ante la solicitud de organismos no gubernamentales para que esta alerta se active en Tabasco, el funcionario de la Fiscalía General del Estado (FGE) detalló que de aprobarse, no sería una garantía para que la violencia de género disminuya, una vez que hay estados en donde ya se activó y los resultados no han sido positivos.

Abundó que otra razón más por la que se ve como no procedente la solicitud de los organismos sociales, es que para activarse la alerta se deben dar dos conjeturas, la primera que no se den políticas públicas para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres y la segunda que haya un panorama social que afecte su desempeño diario.

Remarcó que en el caso de Tabasco, el gobierno y autoridades estatales realizan diversas acciones a favor, como la creación de áreas especializadas para su atención, como lo es la Dirección para la Atención a la Violencia de Género en la Fiscalía Estatal, así como actividades para la prevención y concientización en el tema.

Dijo respetar la posición del Comité de Derechos Humanos de Tabasco A.C., que anunció la solicitud de alerta de género, sin embargo, consideró que en caso de que proceda el estudio será complicado que los especialistas lo concedan.

El secretario de gobierno en la entidad, Marcos Rosendo Medina Filigrana consideró que no es necesario que se active la alerta de género en Tabasco, y por lo contrario se requiere «cambiar el chip» en los hombres para que traten con respeto e igualdad a la mujer.

Dijo que se tiene contemplada la realización de un taller en materia de paridad de género, ya que se tiene una idea totalmente diferente a la alerta de género, puesto que no ha dado resultados en los estados en donde se ha activado.

Codehutab pide declaratoria

El Comité de Derechos Humanos de Tabasco (Codehutab) solicitará a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim) declare la alerta de género en 10 municipios de la entidad.

Lo anterior se decidió luego de que se registraron 24 feminicidios en el año, indicó la directora de Codehutab, Leonor Ramírez Bautista, quien expuso que en 2016 se hizo la petición ante el Conavim, la cual emitió nueve recomendaciones al gobierno de Arturo Núñez Jiménez.

En rueda de prensa, expuso que supuestamente ese gobierno aplicó más de dos mil 200 acciones derivadas de las recomendaciones, pero eso no frenó la violencia y los feminicidios.

Por lo cual se buscará de nuevo la alerta de género para los municipios de Cárdenas, Centla, Centro (Villahermosa), Comalcalco, Cunduacán, Huimanguillo, Jalpa de Méndez, Macuspana, Nacajuca y Tenosique, indicó.

Varias recomendaciones, dijo, concluyeron en el anterior sexenio y otras el actual gobierno se comprometió a cumplirlas.

DELITOS POR AÑO

  • 2019 (Enero-octubre): 24
  • 2018: 40
  • 2017: 28
  • 2016: 27

“De aprobarse, no sería una garantía para que la violencia de género disminuya, una vez que hay estados en donde ya se activó y los resultados no han sido positivos”

Silbestre Álvarez Ramón

Vicefiscal de Derechos Humanos y Atención Integral a Víctimas de la FGE

CRIMEN

La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer.

En nuestro Código Penal Federal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, el cual establece lo siguiente:

“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1) La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.

2) A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.

3) Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

4) Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.

5) Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

6) La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

7) El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Fuente: FGE, FGR

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