Podrán adolescentes interrumpir embarazo

El coordinador del Grupo Estatal de Prevención del Embarazo en Adolescentes (GEPEA), Wilver Méndez Magaña, informó que las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046 y 047 permiten la interrupción legal del embarazo en adolescentes víctimas de violación y recibir asesoría sobre salud reproductiva sin la presencia de los padres, respectivamente.

En conferencia de prensa, el titular de Planeación estatal anunció que realizarán una serie de encuentros en la entidad para difundir dichas modificaciones legales, de manera que médicos y víctimas gestantes luego de un abuso sexual puedan hacerlas valer; asimismo subrayó que los integrantes del GEPEA realizan acciones para disminuir esta problemática, como parte de una estrategia iniciada en 2013.

Citó que de acuerdo a las estadísticas, de 2012 a 2013 disminuyó el registro de embarazadas adolescentes de 425 a 311; y en 2014 fue de 268, sin embargo, en 2015 repuntó la cifra y llegaron a 534 los casos de preñez en menores de entre 10 y 14 años de edad, situación que colocó a Tabasco en segundo lugar nacional y en séptimo en los grupos de 10 a 19 años:

Méndez Magaña, también Secretario Técnico del Consejo Estatal de Población, afirmó que los promotores de este Grupo están trabajando en campañas y programas para expandir y poder llegar a un auditorio mucho mayor, ya que es un problema serio por todas las consecuencias sociales, económicas y obstétricas que conlleva.

Por su parte, la jefa del Departamento de Prevención de la Violencia y Equidad de Género de la Secretaría de Salud, Ana Luisa Trinidad Gómez, explicó los cambios en la NOM 046 relativa a la violación sexual, que obliga a las instituciones públicas de salud a prestar servicios de interrupción voluntaria del estado de gravidez:

“En caso de ser menor de 12 años, a solicitud de su padre, madre o tutor, conforme a las disposiciones jurídicas el personal que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, basado en el principio de buena fe a que hace referencia el artículo 5 de la Ley General de Víctimas”, detalló.

Trinidad Gómez añadió que esta norma también establece los derechos de la paciente a ser informada sobre los riesgos de ese procedimiento, a recibir atención médica y psicológica con calidad y a presentar una denuncia penal, entre otros.

En su turno, la titular de la Unidad del Hospital de la Mujer, Rocío García Carmona, añadió que la interrupción legal de la gestación en estos casos es necesaria, toda vez que pone en riesgo la vida de la joven y del producto, porque sus órganos aún no están desarrollados.

Respecto a las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana 047, la funcionaria dijo que los adolescentes pueden asistir a consulta médica una vez al año, la cual incluye consejería sobre métodos de planificación familiar, sin la presencia de los padres en caso de que no se sientan cómodos hablando de su sexualidad frente a ellos.

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