Pide INAI modificar artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior

Ahora fue el Inai (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales) el que pidió al presidente Enrique Peña Nieto “emitir observaciones” a la Ley de Seguridad Interior, aprobada recientemente por el Congreso, a fin de que se privilegie “el principio de máximo publicidad”.

El Pleno del organismo que encabeza Francisco Javier Acuña Llamas, se refirió concretamente al texto final del artículo 9 de dicha Ley, que señala: “La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”.

Con tal redacción, advirtió el Inai, “no se garantiza el derecho de acceso a la información, previsto en el Artículo 6 de la Constitución, pues lejos de propugnar por la apertura de la información se privilegia la reserva de información”.

En un comunicado emitido anoche, el INAI reconoce que, si bien el Senado de la República modificó la redacción original de ese artículo, el texto final “es contrario a dicho principio, ya que, por regla general, toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y sólo podrá reservarse temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño”.

El organismo, señala el texto, está convencido de que en toda norma y actuar del Estado debe privilegiarse siempre la transparencia y garantizarse el derecho de acceso a la información, lo cual no se consigue con el texto final aprobado del artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior.

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