Sancionará SCT a unidades de Uber

El Gobierno del Estado no está cerrado a que cualquier empresa participe en los servicios de transporte público, siempre y cuando se respete la Ley en la materia y obtenga los permisos o concesiones establecidas por la norma, sostuvo el coordinador general de Asuntos Jurídicos, Juan José Peralta Fócil, quien indicó que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) actuará con firmeza contra las unidades de Uber que al margen de las leyes iniciaron operaciones.

El funcionario subrayó que la modalidad que ofrece ese grupo sí está regulada por la Ley de Transportes del Estado y no puede operar sin la autorización correspondiente; asimismo, refirió que el martes de la semana pasada participó en una reunión entre la SCT y los representantes de Uber, Aleyra Orozco, Mariana Santos y un consultor de nombre Jorge Negrete.

A ellos se les informó que debían presentar una solicitud para operar en la entidad, la cual sería analizada para emitir el dictamen y estudio técnico que establezca el número de unidades de este tipo que se requieren, además de determinar las tarifas oficiales, pero a la fecha no han realizado ese trámite, expuso.

Peralta Fócil reiteró la apertura de la administración tabasqueña a que empresarios locales o foráneos participen en la vida productiva estatal; sin embargo, corresponde a las autoridades evitar que los usuarios queden en la indefensión, ya que es responsabilidad del gobierno dar protección a los ciudadanos, apuntó.

Explicó que la Ley de Transportes, que entró en vigencia el 26 de octubre de 2014, asienta que este servicio es una facultad privativa del gobierno estatal vía permisos o concesiones, ya que no está liberalizado sino regulado; asimismo, determina que el transporte público es aquel “en el que los usuarios como contraprestación realizan un pago en numerario, de conformidad con las tarifas previamente aprobadas” por las autoridades reguladoras.

Así también, en su Artículo 109 establece que la modalidad privada es aquella que se da sin que medie el pago de una contraprestación, que no se oferta al público en general y que cuenta con el permiso otorgado por la SCT, de ahí en fuera todos los demás son de carácter público e implica la existencia de una tarifa que debe ser autorizada por dicha Secretaría, y de ninguna manera puede ser establecida de forma unilateral, subrayó el funcionario.

De igual forma, el Artículo 36 considera que “el servicio de taxi plus o radio taxi se autorizará para prestarlo cuando sea solicitado por teléfono o por cualquier otro medio de telecomunicación”, y el Artículo 3º la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión contempla el uso de plataformas tecnológicas como el internet, de manera que Uber entra en esta categoría.

Quienes iniciaron actividades hoy cinco de septiembre incurren en faltas administrativas y la SCT procederá conforme a la ley, advirtió Juan José Peralta y observó a los propietarios de estos vehículos que al ser detenidos en los operativos de SCT por prestar de manera ilegal el servicio, Uber no les va a ayudar en el pago de las multas ni les apoyará en su defensa jurídica.

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