Ilegal el servicio UBER: PJF

El Juzgado Tercero de Distrito del Poder Judicial de la Federación, con sede en esta capital, rechazó al ciudadano Javier Coronel Flota la suspensión provisional que interpuso en contra de la posible detención de un vehículo de su propiedad, con el que pretende prestar irregularmente el servicio de taxis como parte de la empresa UBER, por no cumplir lo que exige la Ley de Transportes vigente en el estado.

El juez Tercero de Distrito, dictaminó que para que Coronel Flota obtuviera esta medida cautelar debió presentar elementos de prueba que permitan apoyar la presunción de que el acto que reclama le agravia, y sobre todo demostrar que es titular de los derechos que defiende, por lo que al no hacerlo resulta improcedente concederle el recurso promovido.

Respecto a este caso, el pasado 13 de septiembre el quejoso solicitó un amparo y la protección de la justicia federal, ya que presuntamente se violentarían algunas de sus garantías individuales por la detención del vehículo marca Toyota tipo Highlander Limited 4WD, modelo 2008, con número de serie JTEES42A082027059, placa de circulación WSD6953.

Con este criterio jurídico que adopta el Poder Judicial Federal, se demuestra que para poder prestar este tipo de servicio, se debe de contar con un permiso o una concesión, cuyo otorgamiento es sólo facultad del Ejecutivo del Estado.

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