Gobierno estatal, respetuoso de la autonomía de municipios

El Gobierno del Estado es respetuoso del Estado de Derecho, así como de la autonomía de los Poderes y de los municipios, de manera que no interviene en las decisiones legales que esas autoridades tomen, estableció el coordinador general de Asuntos Jurídicos, Juan José Peralta Fócil.

Respecto a la solicitud del Consejo Coordinador Empresarial de Tabasco (CCET), dirigida al titular del Ejecutivo estatal, de ejercer su derecho de veto contra la Ley de Ingresos del Municipio de Centro aprobada por el Congreso del Estado, por no estar de acuerdo con las disposiciones que establece, el funcionario aclaró que las decisiones en esa materia no pueden emitirse de manera discrecional o por voluntad política, sino en estricto apego a la competencia que tiene cada nivel de gobierno.

Citó que si bien el gobernador tiene la facultad de emitir observaciones a las leyes o decretos que emita el Congreso local, conforme a lo previsto en el artículo 35 de la Constitución Política del Estado, en este caso se carece de competencia legal.

“De hacerlo incurriría en una clara violación al principio de constitucionalidad y el Congreso del Estado y, en su caso, el propio Ayuntamiento de Centro, tendrían la razón legal de su parte para dejar sin efecto las observaciones que pudieran hacerse. Es decir, estarían realizadas sin la debida fundamentación y motivación legal, por lo cual podrían ser anuladas por órganos jurisdiccionales federales”, explicó Peralta Fócil.

Observó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación en reiteradas ocasiones ha sostenido la Libre Administración Hacendaria, prevista en el artículo 115 Constitucional, la cual establece principios, derechos y facultades de contenido económico, financiero y tributario a favor de los municipios, para el fortalecimiento de su autonomía a nivel de ley suprema, los cuales garantizan el pleno respeto a la vida municipal.

Además, los principios básicos de la autonomía financiera municipal son: facultad para proponer a las Legislaturas de los estados las cuotas y tarifas de sus contribuciones, libre administración, ejercicio directo de los recursos, integridad de los mismos, percibir tasas adicionales que dispongan las entidades federativas, y el principio de reserva de las fuentes de ingresos.

Por todo lo anterior, el Ejecutivo estatal, aún con la disponibilidad y la voluntad política para conciliar ante un diferendo de opiniones, carece de la competencia legal constitucional para intervenir en el tema, recalcó Juan José Peralta.

En ese sentido, el coordinador de Asuntos Jurídicos hizo un exhorto para que por la vía del diálogo o haciendo uso de las vías legales disponibles sobre el tema, se concilien las visiones y las opciones en bien de todos y sobre todo en beneficio de los ciudadanos del municipio de Centro.

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