Violación, delito que no disminuye

De acuerdo a informes del  Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante el primer trimestre de 2016 se registraron 44 casos de violación, mientras que en 2017, durante el mismo periodo, la cifra aumentó a 82.

La tabla de Incidencia Delictiva del Fuero Común 2016 revela que en enero se registraron 13 casos de violación, mismo número en febrero y 18 durante marzo. Este año en enero se registraron 27 casos, 26 en febrero y 29 en marzo; esto significa un aumento de 38 casos en este año.

El reporte de la dependencia federal indicó que la incidencia delictiva se refiere a la presunta ocurrencia de delitos registrados en averiguaciones previas iniciadas o carpetas de investigación reportadas por la Procuraduría General de Justicia (PGJ) y la Fiscalía General del Estado (FGE) de cada una de las 32 entidades federativas, quienes son responsables de la veracidad y actualización de los datos.

Para la atención de este ilícito existe en la entidad una Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia Familiar y Sexuales, dicha institución tiene como funciones atender denuncias de violencia familiar y sexual, y lleva a cabo la investigación de delitos, integración de averiguaciones, determinación de averiguaciones, así como brindar orientación jurídica, inspecciones en el lugar de los hechos y notificar medidas de protección.

De igual forma se realizan trámites de recepción de denuncias y querellas, declaración de testigos, declaración de probables responsables, medidas de protección, investigación de los hechos denunciados y asistencia jurídica durante el procedimiento.

Cabe destacar que Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia Familiar y Sexuales también realiza valoración psicológica, valoración medica, vela por los derechos de las víctimas, proporciona ayuda jurídica, asesoría y canalizaciones a diversas instituciones para realizar el trámite correspondiente.

IMPARABLE

MES 2016 2017

Enero 13 27

Febrero 13 26

Marzo 18 29

Endurecer el castigo

Para ampliar la figura jurídica del abuso sexual en el Código Penal para el Estado de Tabasco y a efecto de establecer expresamente el principio de exacta aplicación y perfeccionar los principios del proceso penal para su interpretación por el órgano jurisdiccional, el diputado del PRD, Juan Pablo de la Fuente Utrilla presentó una propuesta de reforma  a los artículos 1 Bis; 156, 157, 158 y 159 del Código Penal para el Estado de Tabasco.

Explicó que la existencia de un Estado de Derecho se encuentra sustentada en la responsabilidad de los Gobiernos ante la ciudadanía, de que todo acto de autoridad se encuentre debidamente fundado y motivado en una ley promulgada con anterioridad.

Plantea el diputado, a quien cometa abuso sexual en persona menor de edad o que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo, un acto erótico-sexual, sin llegar a la cópula, se le impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión, cuando la víctima tenga entre doce y menos de dieciocho años de edad o cuando sea una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado de las cosas o de resistir el hecho.

De seis a doce años de prisión, cuando la víctima sea menor de doce años de edad. De diez a quince años, cuando el abuso sexual haya sido el medio para generar pornografía infantil.

Las penas previstas para el abuso sexual se aumentarán hasta en una mitad en su mínimo y máximo, cuando el delito fuere cometido empleando violencia física o psicológica; el delito fuere cometido con intervención directa o inmediata de dos o más personas.

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