Debido a que diversas naciones le han negado la entrada a su territorio, Sandra Ávila Beltrán, La Reina del Pacífico, promovió un amparo donde solicitó a un juez federal que ordene al gobierno de México a notificar que no existe ya algún delito que perseguir en su contra.
Ávila estuvo presa en México y Estados Unidos, acusada de tener relaciones con el cártel de Sinaloa, particularmente con el capo Ismael El Mayo Zambada; en nuestro país fue exonerada del delito de delincuencia organizada y sólo se le procesó por portación de arma de fuego de uso exclusivo de las fuerzas armadas.
El 20 de agosto de 2013, después de un año de estar bajo custodia de Estados Unidos, La Reina del Pacífico fue repatriada y de nuevo pisó la cárcel en México para enfrentar el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, del cual también fue exonerada por un Tribunal Federal en 2015.
En la demanda de garantías radicada ante el juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Sandra Ávila impugnó el acuerdo, mandato, orden, o acto mediante el cual se establezca exista o se aplique una ficha de Interpol, de cualquier color, que la catalogue o la etiquete con respecto a diversos países, «denigrándola y discriminándola con dicha acción, lo cual ha generado que algunos gobiernos le impidan el ingreso».
ANTECEDENTES
Cuando Estados Unidos pidió formalmente la extradición, la Procuraduría General de la República le fincó el cargo de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Tras cumplir su sentencia en la Unión Americana, donde se declaró culpable de asesorar a su novio colombiano Juan Diego Espinoza Ramírez, El Tigre, en tráfico de cocaína, Sandra fue traída a México y bajo custodia de agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE por sus siglas en inglés).
El 3 de diciembre de 2010, La Reina del Pacífico ganó un juicio que promovió en su contra la Procuraduría General de la República, institución que la acusó del delito de delincuencia organizada.
El juez 18 de Distrito, Fernando Córdova del Valle, determinó absolver a Sandra Ávila y a su pareja sentimental Juan Diego Espinoza de dicho delito, toda vez que las pruebas, además de insuficientes, no acreditaban las circunstancias de tiempo y lugar.
Después, el magistrado Jesús Guadalupe Luna Altamirano, titular del Tercer Tribunal Unitario del Primer Circuito, confirmó la sentencia dictada en primera instancia.