Avalan reformas para quitar fuero al Presidente y funcionarios

Con 111 votos a favor y uno en contra, el Senado de la República reformó los artículos 108 y 111 constitucionales para eliminar el fuero al presidente de la República a quien se le extendió el catálogo de delitos por los cuales puede perder la inmunidad: ahora no solo puede ser juzgado por traición a la patria y delitos graves sino por corrupción y delitos electorales.

Asimismo, los senadores hicieron extensivo este supuesto a los funcionarios públicos y legisladores federales, desde senadores y diputados federales.

Sin embargo, para retirar el fuero al titular del Ejecutivo, éste tendrá que ser acusado formalmente ante el Senado, quien tendrá que resolver con base en la legislación penal.

Para el retiro del fuero en el caso de los legisladores federales, es decir, diputados y senadores, ocurrirá cuando amerite el caso previa declaración de procedencia realizada por la Cámara de Diputados.

Por ello, el senador de Movimiento Ciudadano Samuel García, calificó esta reforma como una trampa, pues se requerirá de mayoría calificada para quitar el fuero al Presidente de la República y por lo menos en este sexenio donde Morena es mayoría en ambas cámaras, eso, dijo, será impensable en caso de que el Ejecutivo incurra en alguno de los supuestos.

“Eso no sucederá en este sexenio, donde el presidente tiene mayoría en esta cámara, así que es una burla, un engaño, sostuvo.

El PAN a través de la senadora Indira Rosales secundó esa postura y reconoció que con esta reforma no se alentaba la eliminación del fuero, pero consideró que era un primer paso en ese sentido.

La iniciativa reforma los artículos 108 y 111 constitucionales para ampliar los delitos por los cuales el Presidente de la República puede ser sujeto a que se le retire el fuero o la inmunidad.

El titular del Ejecutivo solo podía ser sujeto a proceso por traición a la patria y delitos graves del orden común, pero ahora se le suman por corrupción y delitos electorales.

“El presidente de la República podrá ser imputado y juzgado, por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales…”, establece el Artículo 108.

Mientras que el artículo 111 plantea que “Para proceder penalmente contra el presidente de la República, sólo habrá lugar acusarlo ante la Cámara de Senadores…”

Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Eduardo Ramírez, sostuvo que se sienta un precedente, ya que se cumple la demanda ciudadana de terminar con el régimen de excepción e impunidad procesal y frenar la corrupción política.

El coordinador del PRD en el Senado, Miguel Angel Mancera, aseveró que con esta reforma “se gana precisión” con el cambio al artículo 111, pues establece que el Presidente podrá ser sometido a juicio penal, en caso de que incurra en alguno de los delitos contemplados en la Carta Magna y sólo se requerirá acusarlo ante la Cámara de Senadores.

Por su parte, al hablar a nombre del PRI, la senadora Nuvia Mayorga dijo que la reforma robustece “el régimen de responsabilidades y rendición de cuentas del Ejecutivo, para que todos seamos sujetos a la ley sin trabas ni simulaciones”.

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