Las leyes que marcarán 2020

La llamada “cuesta de enero”, tanto a nivel nacional como en el caso particular de Tabasco, llegará de la mano de nuevas disposiciones, que incluirán la entrada en vigor de los presupuestos de egresos 2020 de la Federación y del Gobierno de Tabasco, de acuerdo con un análisis del Paquete Económico de la Federación y del Gobierno estatal, recientemente aprobado en las respectivas cámaras de diputados.

Estas disposiciones han causado revuelo entre los consumidores, quienes mantienen cautela por el entorno de incertidumbre.

Derivado de las leyes locales, aprobadas a mediados de este año en el estado, se establece que a partir del 1 de enero entra en vigor la prohibición del uso de bolsas de plástico, popotes y vasos de unicel en establecimientos.

También, derivado de la nueva Ley de Movilidad, se regula el uso de las motocicletas, también se aplicará una reducción del 50% de las prerrogativas de los partidos políticos e inicia el cobro del nuevo impuesto de reemplacamiento.

Según la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, quedó establecido que la Secretaría de Bienestar tendrá dentro de sus facultades prohibir que se den bolsas de plástico a los consumidores, que no sean consideradas biodegradables, por parte de cualquier tienda departamental, de servicio o comercio.

Por lo que respecta a la reducción de las prerrogativas, el Congreso tabasqueño aprobó disminuir hasta el 50% del financiamiento público a los partidos políticos estatales, unos 46 millones de pesos al año.

También entrarán en vigor en enero de 2020 reformas a la Ley de Hacienda y la Ley General de Tránsito y Vialidad, ambas del estado de Tabasco, que establecen en sus nuevas disposiciones legales que los conductores de bicicletas, motocicletas y motonetas están obligados a usar casco, aditamentos luminosos o bandas reflejantes y les prohíbe transportar a menores de 12 años.

De igual manera, los comercios dedicados a la venta de estos equipos deberán entregarlos emplacados e inscritos en el Registro Público Vehicular (Repuve).

Asimismo, el Gobierno de Tabasco iniciará el cobro del impuesto del reemplacamiento vehicular a unos 500 mil automóviles, con la expectativa de generar una recaudación de más de 400 millones de pesos.

El presupuesto de egresos 2020 del Gobierno local, que ascenderá a 52 mil 964 millones 276 mil 279 pesos, con un incremento del 3.49% con relación al aprobado para el ejercicio anterior, inicia su aplicación a partir del primero de enero.

MISCELÁNEA FISCAL DE LA SHCP

Entre las nuevas disposiciones que se aplicarán a nivel nacional, a partir del primero de enero, se contemplan cambios fiscales importantes como parte del Paquete Económico 2020, el cual incluye el presupuesto de egresos de la Federación que ascenderá a 107 mil 732 millones 400 mil pesos.

En materia de arrendamiento, se propone hacer obligatoria la emisión de facturas por parte del arrendador. También se establecerán juicios de arrendamiento de inmuebles, en donde se obligue al arrendatario a pagar rentas vencidas.

No se autorizarán pagos vencidos al arrendador si no acredita haber expedido las facturas respectivas.

En cuanto a las ventas por catálogo, para facilitar el cobro del Impuesto Sobre la Renta (ISR), las empresas mayoristas deberán retener el impuesto del vendedor particular. Esta retención será sobre la ganancia, tomando en cuenta el precio de venta al minorista y el precio de venta sugerido en los catálogos.

Por lo que respecta al ahorro, para 2020 se propone elevar del actual 1.04 a 1.45 por ciento la tasa de retención por concepto de ISR para las inversiones en el sistema financiero.

Dicho cobro no es sobre el interés obtenido por los ahorradores, sino sobre el capital. El Gobierno explicó que la actualización es debido a que el rendimiento neto (rendimiento nominal menos inflación) de los instrumentos financieros ha incrementado.

Del mismo modo, a partir del 2020, todos los prestadores de servicios a través de plataformas digitales pagarán ISR mediante una retención de las plataformas.

Para el sector de servicios de transporte terrestre de pasajeros, como Uber, así como entrega de bienes, se establecen tasas de retención mensual de 2 a 8 por ciento.

En tanto, las empresas digitales que se encuentren en el extranjero y que ofrezcan servicios de descarga de contenidos multimedia, almacenamiento de datos, intermediación entre terceros y de publicidad, tendrán que pagar vía electrónica 16% del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Otra medida es que las personas morales o empresa y las personas físicas con actividad empresarial que reciban servicios de subcontratación laboral estarán obligadas a efectuar la retención del IVA.

El acreditamiento del IVA y la deducción de las erogaciones, tratándose de subcontratación laboral, procederá siempre que se cumpla con la obligación de retención y entero del impuesto.

Al respecto, el dirigente de la Canaco Servytur-Villahermosa, Miguel Ángel de la Fuente Herrera, consideró que la miscelánea fiscal 2020 trae más ajustes en materia de disposiciones para grandes empresas de transacciones internacionales, y por otro lado para atacar la evasión de impuestos, lo cual es totalmente válido contra los verdaderos evasores.

Sin embargo, aseveró que se debe modificar la reforma fiscal penal para que a las empresas que les vaya mal por cuestiones económicas, y por alguna razón dejen de pagar impuestos, no se les trate como terroristas, “creo que esa parte sí se debe corregir”.

NIVEL ESTATAL

  • Queda prohibido otorgar de manera gratuita bolsas de plástico y popotes a los consumidores
  • Todos los propietarios de vehículos tendrán que reemplacar sus unidades
  • Entra en vigor el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020
  • Reducirán en un 50% el financiamiento a partidos políticos

FEDERACIÓN

  • La evasión fiscal será considerada un delito grave
  • Cambios fiscales importantes como parte del Paquete Económico 2020, el cual incluye el presupuesto de egresos de la Federación que ascenderá a 107 mil 732 millones 400 mil pesos
  • Será obligatoria la emisión de facturas por parte del arrendador
  • Se establecerán juicios de arrendamiento de inmuebles, en donde se obligue al arrendatario a pagar rentas vencidas.
  • En cuanto a las ventas por catálogo, las empresas mayoristas deberán retener el impuesto del vendedor particular
  • Por lo que respecta al ahorro, se propone elevar del actual 1.04 a 1.45 por ciento la tasa de retención por concepto de ISR para las inversiones en el sistema financiero
  • Todos los prestadores de servicios a través de plataformas digitales pagarán ISR mediante una retención de las plataformas

Fuente: Gobierno federal, gobierno del Estado, SHCP

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