Buscan aplicar arraigo a cualquier delito

La figura del arraigo no sólo se mantiene en los proyectos de reformas legales en esta 4T, sino que ahora se extiende para todos los delitos y no sólo para los que impliquen delincuencia organizada (como se establece en la legislación actual). Esto se plantea en el paquete de nueve iniciativas que buscan reformas al sistema de procuración y administración de justicia y que serán entregadas por el Ejecutivo al Senado este miércoles.

La ONU y diversas organizaciones de derechos humanos presionaron al gobierno mexicano para eliminar la figura del arraigo al considerar que violenta las garantías individuales (en la práctica el arraigo es encerrar a alguien mientras se le investiga) y, aunque se discutió en el periodo ordinario de sesiones que terminó en diciembre, al final la iniciativa para desaparecer esa figura se fue a la “congeladora legislativa”.

Ahora, en la iniciativa que se entregará al Senado y de la cual Crónica tiene una copia, se establece reducir el plazo de arraigo a 40 días máximo, a diferencia de los 80 días que están vigentes, pero ahora lo hacen extensivo a todos los delitos, aunque no sean delincuencia organizada como está en la actualidad.

“En materia de arraigo se establece que solamente se podrá permitir por un plazo de cuarenta días, sin posibilidad de renovarse; y, se amplía para todos los delitos, eliminándose la restricción de su aplicación a delitos en materia de delincuencia organizada”, se establece en la exposición de motivos de la iniciativa que busca reformar los artículos 5º, 16, 18, 19, 20, 21, 73, 76, 94, 97, 101, 102, 116 y 122 de la Constitución.

Además, otra de las iniciativas plantea ampliar el catálogo de delitos para menores de edad, donde se incorpora la defraudación fiscal como uno de los delitos por los cuales este sector de la población pueden ser sujeto de proceso penal y ser ingresado a un centro de internamiento para menores.

Si bien no se plantea la reducción de la edad penal, los menores de edad ahora podrían ser ingresados a un centro de internamiento por los delitos de extorsión, contrabando y su equiparable; feminicidio, defraudación fiscal y su equiparable; así como la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Asimismo, por robo a casa habitación; robo a transporte de carga en cualquiera de sus modalidades; delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.

Además, se establece un régimen especial para adolescentes, “Tratándose de menores imputados cuya franja esté comprendida entre mayores de 16 y menores de 18 años que participen en conductas de Delincuencia Organizada, se observarán las disposiciones contenidas en la Ley Nacional contra la Delincuencia Organizada, el Código Penal Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales en lo que no contravengan las disposiciones de esta Ley”.

La participación en pandilla o asociación delictuosa también serán tomadas en cuenta por la autoridad judicial para aplicar las medidas correspondientes por la comisión de conducta tipificada como delito.

El Ejecutivo Federal reconoce que la impartición de justicia en México no ha dado los resultados esperados, pues hay rezagos e incluso la ineficiencia en las investigaciones ha permitido la continuidad de la impunidad, por lo cual plantea al Senado un paquete de nueve iniciativas que buscan reformar el sistema de procuración y administración de justicia, para lo cual, de entrada, plantea un Código Penal Nacional que establezca las reglas generales para la persecución de los delitos; los tipos penales que regirán a nivel nacional y sus sanciones, así como aquellos que conocerá de forma exclusiva la Federación.

Dicho Código deberá precisar los tipos penales que regirán a nivel nacional y sus sanciones, así como aquellos que conocerá de forma exclusiva la Federación, quedando subsistente la facultad de los Congresos locales para legislar y expedir los tipos penales y sanciones de conductas eminentemente del fuero común cuando sean diversas a las conductas previstas en la legislación nacional penal.

Sin embargo, el Congreso de la Unión se podrá reservar su facultad de atracción para conocer y legislar sobre aquellas conductas delictivas del ámbito local que surjan o representen una afectación nacional.

La iniciativa también plantea eliminar el auto de vinculación a proceso, con el cual sólo se analizaba si existía el hecho considerado por la ley como delito y determinaba si los datos de prueba hacen probable la responsabilidad del imputado en su comisión; sin embargo, el mismo no permitía la impartición de justicia pronta y expedita.

Por ello, se plantea que una vez que el imputado sea puesto a disposición de la autoridad judicial, se cite a audiencia inicial y esta autoridad deberá determinar sin demora si el imputado será o no sometido a una medida cautelar.

De igual manera, se plantea autonomía del Ministerio Público, para lo cual el Ministerio Público de cada estado se organizará en una Fiscalía General como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, y la actuación de sus integrantes se regirá por los principios de eficiencia, imparcialidad, legalidad y objetividad.

Será este miércoles cuando la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero; el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño; el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Julio Scherer Ibarra; y el titular de la Fiscalía General de la República, Alejandro Gertz Manero, acudan al Senado para entregar a los legisladores el paquete de nueve iniciativas que buscan reformar el sistema de procuración de justicia en México. La última gran reforma data de 2008.

MEGARREFORMA

CÓDIGO PENAL NACIONAL. Increíblemente no hubo código penal nacional, es decir único, a pesar de que estaba previsto desde hace años. Con la eventual aprobación, todas las entidades tendrían los mismos delitos y, además, se instrumentaría la justicia a partir del ya existente Código Nacional de Procedimientos Penales. Es decir, el país pasaría de 32 codificaciones a una sola.

PROCEDIMIENTOS PENALES. Fue piñata de todos los procuradores, que lo señalaron como extremadamente blando al momento de estipular prisión preventiva. Vivió años sin su compañero natural, el Código Penal Nacional, y su reforma era algo más que anunciado.

Todas las fiscalías estatales deberán aplicarlo en sus procedimientos de procuración de justicia.

EJECUCIÓN PENAL. Una apartado particular de la reforma en este rublo habla de la infraestructura carcelaria y de los niveles de seguridad que deben cumplir los diferentes centros carcelarios del país. Se intentará, una vez más, limitar las comunicaciones de reos especialmente peligrosos.

También hay una serie de modificaciones legales a efecto de mejorar los procedimientos de reinserción social.

CONSTITUCIÓN. Diferentes preceptos serán modificados, en algunos caos, como el del arraigo, se asumirán las recomendaciones internacionales para impedir el abuso de esta figura (encerrar a alguien en lo que se investiga). En otros, se fortalecerá el recurso de que el MP y la policía acusen a alguien de cometer un delito al encontrarlo en “flagrancia”. Este camino es el único que genera un número significativo de sentencias en el país.

ANTECEDENTE. En 2008 se intentó una reforma de igual envergadura o mayor que la que está por verificarse. En aquel año se pensó en sistemas policiales y de procuración de justicia que se implementaron a trompicones durante 10 años de plazo de gracia para que las autoridades se adaptaran.

Muchos puntos nunca fueron implementados y un punto nodal, el Sistema Penal Acusatorio, aún es visto con suspicacia por algunos.

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