Toda ley es perfectible, afirmó al tiempo de anticipar que pudiera el Ejecutivo impulsar una nueva reforma en materia penal, a partir de una revisión a la sentencia
En la sentencia recién emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con la que invalida algunos artículos del Código Penal del Estado de Tabasco, con los que se ha frenado la extorsión a la obra pública hubo un trasfondo político, ante la vanguardia en la que se ha colocado Tabasco por las reformas impulsadas por el gobernador Adán Augusto López en la Cuarta Transformación, aseguró Guillermo del Rivero León, Coordinador de Asuntos Jurídicos del Gobierno estatal.
Recalcó que no comparte el criterio de que los artículos 196 bis, 299, 308 bis y 308 violenten derechos establecidos en la Constitución Política, fundamentalmente en lo que corresponde al derecho a la libertad de expresión y el derecho a la reunión.
Del Rivero León advirtió que no se considera un revés para el Gobierno del Estado, porque “toda ley es perfectible” y en ese sentido, anticipó que pudiera el Ejecutivo impulsar una nueva reforma en materia penal, a partir de una revisión a la sentencia.
“Nosotros sostenemos que no hubo una violación a los derechos humanos, sostenemos nosotros que en ningún momento se ha criminalizado la protesta”, puntualizó.
En entrevista que concedió a un noticiero radiofónico, Guillermo del Rivero sostuvo que en su momento, las reformas fueron formuladas a partir del principio de la última ratio, que es un principio que asiste al derecho penal para proteger a una sociedad de un delito que va a la alza, como es el de extorsión.
De hecho, los ministros de la SCJN en su discusión resolvieron declarar válidos los artículos 196, 306 y 307 del Código Penal, que son los otros relacionados con los delitos de extorsión, y de interrupción o impedimento del servicio público local de comunicación, así como el incremento de las penas previstas para ambos, son válidas.
El coordinador de Asuntos Jurídicos del Gobierno del Estado, Guillermo del Rivero, manifestó su preocupación de que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejaron pendiente para el lunes próximo los motivos por los cuales invalidaron los artículos 196 bis, 299, 308 bis y 308 del Código Penal de Tabasco, como sus efectos.
También llamó la atención de que por ejemplo que el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo, hablaba de la protesta social, no razonara al emitir su voto la violación a algún derecho humano en cuanto a los artículos que fueron discutidos.
“Eso es importante, porque insisto: Si no había alguna violación a algún derecho humano o a la Constitución, pues entonces, en ningún momento fueron inconstitucionales estos artículos que analizó la Corte”, recalcó.
El funcionario puntualizó que la reforma no pretendió criminalizar el derecho a la libertad de expresión ni al de la libre manifestación o de protestar, sino combatir la extorsión, y de ello, remarcó, hay resultados claros.
Con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, expuso que en el 2017 -antes de la entrada de la reforma – hubo 258 casos de extorsión; en el 2018, 331; en el 2019 – con los artículos ya vigentes en los últimos cuatro meses de ese año, 232, y en el 2020, sólo 105 casos.
De manera particular, Guillermo del Rivero precisó que en el mes de enero de 2018, hubo 34 casos de extorsión; en enero del 2020, cuando aún se registraba la pandemia del COVID -19, sólo 11 casos, que significa una reducción aproximada del 70 por ciento en este delito.
Del Rivero León Del Rivero León defendió además que el titular del Ejecutivo estatal ha presentado importantes reformas con un enorme valor para el beneficio de las y los tabasqueños, pero ello a “muchos les molesta” e incluso, desde que se impulsó la iniciativa de reforma penal, un medio de comunicación que desató un “juicio paralelo”, al señalarla de «ley garrote».
“Hemos visto otras acciones de inconstitucionalidad que se promovieron, por ejemplo, la reducción del 50 por ciento del financiamiento de los partidos políticos; igual fue impugnada y la Corte resolvió a nuestro favor”, precisó.
“La eliminación de los consejos electorales municipales, fue impugnada y la Corte resolvió a nuestro favor. La reducción de regidores, fue impugnada y la corte resolvió a nuestro favor. Y no nada más es que la Corte haya resuelto a nuestro favor sino que, ahora sí que Tabasco ha estado a la vanguardia gracias a estas reformas que ha presentado el Gobernador dentro del marco de lo que es la Cuarta Transformación del país”, refirió.
Por ello, advirtió que exista la posibilidad que el Ejecutivo Estatal, a partir de una revisión a los criterios de a la sentencia emitida por la Corte, planteé una nueva reforma al Código Penal, tal como sucedió con la que se hizo a la Constitución para reducir el 50 por ciento el financiamiento a los partidos, luego de una invalidez de ese órgano supremo en legislación.
“Será una decisión también que el Gobernador en el ejercicio de un derecho constitucional que tiene de proponer reformas al Congreso, pues lo haría en su momento”, comentó el Coordinador de Asuntos Jurídicos.