En Tabasco, las campañas estarán sujetas a la ley

Tanto candidatos como políticos en el poder deberán conducirse de acuerdo con las leyes electorales que prohíben, por ejemplo, usar recursos públicos para campañas o bien difundir obras realizadas o proyectos que puedan confundirse como propaganda electoral

Conforme los lineamientos establecidos por la autoridad electoral, este lunes arrancaron campañas electorales en Tabasco los candidatos a cargos de elección popular, así que tanto los abanderados como los políticos en el poder deberán conducirse de acuerdo a las leyes electorales que prohíben, por ejemplo, usar recursos públicos, inducir el sufragio en centros religiosos y de culto, o pedir datos de la credencial para votar.

El próximo 6 de junio se renovarán cargos, diputaciones federales, diputaciones locales, presidencias municipales eintegrantes de cabildos municipales, en lo que ha sido considerada la jornada electoral más grande en la historia del país.

Estos comicios electorales, para los especialistas, presumen un gran reto logístico y de vigilancia para que el proceso se lleve a cabo de manera ordenada ysin faltar a las reglas.

Para ello será preciso e indispensable seguir las instrucciones que dicta el Instituto Nacional Electoral (INE).

En particular, los candidatos que en Tabasco participan en la contienda en busca de la reelección tienen que separar muy bien los recursos que reciben por la vía pública y los que reciben por vía del INE o de los organismos públicos locales electorales (OPLE)”.

De tal modo que tanto candidatos, como políticos en el poder deberán conducirse de acuerdo con las leyes electorales que prohíben, por ejemplo, usar recursos públicos para campañas o bien difundir obras realizadas o proyectos que puedan confundirse como propaganda electoral, inducir el sufragio en centros religiosos y de culto, o pedir datos de la credencial para votar.

¿QUIEN FISCALIZARÁ?

Esta vigilancia de las campañas la lleva a cabo el INE, y también la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (Fepade), institución que depende de la Fiscalía General de la República (FGR), responsable de la investigación y consignación ante el Ministerio Público de aquellas personas que cometan delitos electorales.

En ese tenor, hay que destacar que, desde abril de 2019, uno de los delitos electorales que están contemplados en la legislación especializada también se incluyó en el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución.

Se trata del uso de programas sociales con fines electorales, ilícito que amerita prisión preventiva oficiosa (automática), es decir, aun sin que se pruebe la responsabilidad del acusado, este debe permanecer privado de su libertad en caso de que se le vincule a proceso por este delito.

EN TABASCO

La presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Maday Merino Damián, recordó que los lineamientos para este proceso electoral impiden a los violentadores de mujeres o deudores de pensión alimenticia participar como candidatos.

“Si una persona está relacionada con temas administrativos, que esa persona sea considerada en temas administrativos de acoso en sus temas laborales o alguno que sea también deudor de pensión alimenticia, estamos hablando que son temas que les van a impedir que participen en este proceso electoral”, dijo.

Hay que mencionar que todos los aspirantes a diputados locales, regidores y alcaldes, tienen que cumplir con el 3 de 3 contra la violencia de género, por lo que quienes hayan sido sancionados por algún delito sexual o sean morosos en alguna pensión alimenticia, no podrán ser registrados como candidatos ante el IEPCT.

Dentro de los requisitos que deberán cumplir los aspirantes se encuentran: No haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público. No haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal de las personas.

Campa

Los candidatos podrán llegar a los cargos de elección sólo si siguen las reglas de la autoridad electoral

¿Qué se elige el 6 de junio?

21 Diputaciones de mayoría relativa

14 Diputaciones de representación proporcional

17 Presidencias Municipales y Alcaldías

17 Sindicaturas

51 Regidurías

Qué sí y qué no pueden hacer los candidatos

Lo que sí

*Distribuir propaganda electoral impresa, siempre que ésta sea reciclable, fabricada con materiales biodegradables , sin sustancias tóxicas o nocivas.

*Colgar o fijar propaganda electoral en inmuebles de propiedad privada, siempre que medie el permiso escrito del propietario

*Acceder a la radio y la televisión a través del tiempo que la Constitución otorga como prerrogativa a los partidos políticos.

*Ejercer el derecho de réplica en los medios (Artículo 6 de la Constitución).

*Marchas que impliquen interrupción temporal de la vialidad, siempre que den a conocer a la autoridad competente su itinerario.

Lo que no:

*Actos anticipados de campaña, rebasar los topes de gastos establecidos para realizar propaganda y actividades de campaña y / o aceptar o utilizar recursos de procedencia ilícita.

*Usar expresiones que calumnien a las personas en la propaganda política o electoral que realicen.

*Proporcionar cualquier material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo.

*Fijar o distribuir propaganda electoral en sitios ocupados por la administración y los poderes públicos o en equipamiento urbano, carretero o ferroviario.

*Obstaculizar la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse.

*Contratar o adquirir tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión, o bien proselitismo electoral el día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores.

*Publicar o difundir, por cualquier medio, los resultados los tres días previos a la elección y hasta el cierre oficial de las casillas.

——————–

“Si una persona está relacionada con temas administrativos, que esa persona sea considerada en temas administrativos de acoso en sus temas laborales o alguno que sea también deudor de pensión alimenticia, estamos hablando que son temas que les van a impedir que participen en este proceso electoral”

Maday Merino Damián

Presidenta del IEPCT

Acerca de NOVEDADES

Te puede interesar

Poder Judicial se suma a la austeridad y renuncia a ‘haber de retiro’ vigente

Redacción Villahermosa De manera unánime, magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), consejeras …