Avalan que Cabildos designen a delegados

El Congreso local aprobó modificar Ley Orgánica de los Municipios a propuesta del poder Ejecutivo del estado, también se dio “luz verde” para la expedición de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

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La LXIII Legislatura aprobó durante la sesión del Segundo Período Extraordinario de Sesiones llevada a cabo ayer viernes, modificar la Ley Orgánica de los Municipios; la Ley Orgánica del Poder Legislativo; el Reglamento Interior del Congreso, y la Ley de Fiscalización Superior, todas del Estado de Tabasco; expedir la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; inscribir en letras doradas en el muro de honor del Congreso, la leyenda “2021 bicentenario de la creación de la Armada de México”; y otorgar licencia temporal a uno de los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

Previamente, el presidente de la Mesa Directiva, Jesús De la Cruz Ovando, emitió la declaratoria formal de apertura del Segundo Período Extraordinario de Sesiones, del Segundo Período de Receso, del Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la actual Legislatura; acto seguido, el presidente de la Comisión Permanente, Luis Ernesto Ortiz Catalá, presentó ante sus homólogos un Informe sobre los motivos que originaron convocar a dicho Período Extraordinario de Sesiones.

LEY ORGÁNICA DE MUNICIPIOS

Durante la sesión, se avaló con 22 votos a favor y 5 en contra, el dictamen referente a la reforma, adición y derogación de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de los Municipios, el cual establece que los delegados, subdelegados, jefes de sector y jefes de sección municipales serán designados por la mayoría de los integrantes de cada Ayuntamiento, a propuesta del Presidente Municipal.

Dicha designación deberá atender el principio de paridad de género y se efectuará durante los meses de enero a marzo siguiente al inicio del período constitucional; en caso de empate, el presidente municipal emitirá el voto de calidad.

Se destaca en el documento que con la modificación a dicho proceso se simplifica el proceso para su selección, se generan ahorros que podrán redireccionarse para mejorar el acceso y calidad de los servicios públicos que prestan los ayuntamientos, lo que conllevará a proporcionar mayor bienestar y mejor calidad de vida a la población.

De la misma manera, se faculta a los ayuntamientos para determinar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo antes mencionado y para remover de sus cargos a dichos servidores en caso de presentarse alguna causa justificada, así como nombrar al sustituto de entre los vecinos de la demarcación respectiva.

LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

En la sesión extraordinaria también se presentó a consideración del Pleno, el dictamen de la Comisión Ordinaria de Ordenamiento Territorial y Obras Públicas, por el que se expide la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Tabasco, mismo que fue aprobado con 21 votos a favor y 6 abstenciones.

Con la nueva norma se establecen las pautas básicas y los instrumentos de gestión para ordenar el uso del territorio y los asentamientos urbanos en el estado; una coordinación entre el Estado y los municipios para planear, ordenar y regular dichas zonas habitacionales, y se determinan las provisiones, reservas, usos de suelo, destinos de áreas y predios que regulan la propiedad en los centros de población.

De la misma manera, en aras de asegurar la consulta y discusión de las políticas y programas en la materia, se crea el Consejo Estatal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; los consejos municipales de Desarrollo Urbano, y las comisiones de Ordenamiento Urbano o de Conurbación.

La ley integrada por 330 artículos distribuidos en 19 títulos, 57 capítulos y 12 artículos transitorios, también prevé la creación del Sistema Estatal de Planeación del Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, para garantizar el derecho a vivir y disfrutar de ciudades y asentamientos humanos en condiciones sustentables, resilientes, saludables, productivas, equitativas, incluyentes, democráticas y seguras.

En otro momento, fue avalado con 21 votos a favor y 7 votos en contra, el dictamen de la Comisión Ordinaria Instructora de la Cámara, Justicia y Gran Jurado, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, para reformar y derogar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, del Reglamento Interior del Congreso, y de la Ley de Fiscalización Superior, todas del Estado de Tabasco.

Con dichas modificaciones se sustituyen las tres comisiones ordinarias Inspectoras de Hacienda, por la Comisión Ordinaria de Auditoría Gubernamental y Cuenta Pública, a fin de actualizar la organización de las comisiones ordinarias encargadas de conocer lo referente a las cuentas públicas y la armonización a la realidad actual; así como eficientar el trabajo y los recursos que se emplean para tal fin, generar economías, unificar criterios y especializar el proceso de revisión y emisión de los dictámenes.

El documento también establece crear la Comisión Ordinaria de Desarrollo Metropolitano y Zonas Conurbadas, en concordancia a la nueva ley en la materia; modificar las denominaciones de la Comisión Ordinaria de Comunicaciones y Transportes, Tránsito y Vialidad por la de Comisión Ordinaria de Tránsito y Movilidad; de la Comisión Ordinaria de Ordenamiento Territorial y Obras Públicas por la de Comisión Ordinaria de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Obras Públicas.

PRINCIPALES ACUERDOS

  • Reforma, adición y derogación de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de los Municipios, que establece que los delegados, subdelegados, jefes de sector y jefes de sección municipales serán designados por la mayoría de los integrantes de cada Ayuntamiento, a propuesta del Presidente Municipal.
  • Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Tabasco, se establecen las pautas básicas y los instrumentos de gestión para ordenar el uso del territorio y los asentamientos urbanos en el estado.

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