Habitan alguno de los más de 270 fraccionamientos sin regularizar en Centro, donde los servicios básicos no pueden garantizarse y están propensos a desastres naturales como las inundaciones
Centro
Mil pesos mensuales son suficientes para que Andrea rente una vivienda. Dice la joven mujer que quizás sea una casa precaria, hecha con lámina de zinc con una estructura deteriorada, pero con ese monto también tiene acceso a servicios -agua y luz- y vive cerca de la zona urbana, sin necesidad de pagar 50 pesos diarios para que sus hijos lleguen a la escuela y ella al trabajo.
El problema es que está en un asentamiento irregular, en la colonia Miguel Hidalgo, uno de los más de 270 fraccionamientos (con más de 200 mil habitantes) que no han sido municipalizados en Centro, y que cada vez que llega la temporada de lluvias sufren por problemas de anegamientos.
Situación muy similar es la de Sebastián Méndez, habitante del fraccionamiento Los Sauces, en donde viven más de 200 familias en las mismas condiciones, con viviendas que no están regularizadas.
La Ley de Ordenamiento Sustentable del Territorio del Estado de Tabasco obliga a los desarrollares a realizar obras de urbanización y solicitar la municipalización de sus desarrollos de vivienda.
Al no estar municipalizados, el Ayuntamiento de Centro no puede proporcionarles servicios, según ha dicho el edil Evaristo Hernández Cruz.
Hasta 2019, de acuerdo a una investigación que realizó Novedades de Tabasco, se tenía un registro de 272 fraccionamientos irregulares o que no están municipalizados, y algunos de ellos como 27 de octubre o Bicentenario.
En otros puntos de la capital tabasqueña, en la zona periférica, fueron creadas zonas habitacionales como Constitución, Pancho Villa e Insurgentes, que por décadas han sobrevivido careciendo de servicios municipales por ser considerados “irregulares”.
Por su parte, el Instituto de la Vivienda de Tabasco (INVITAB) recibió del gobierno pasado un total de 26 fraccionamientos sin municipalizar, todos pertenecientes al municipio de Centro, aunque hay 18 más que ya fueron entregados, y el resto quedó pendiente debido a la pandemia de COVID-19.
ZOZOBRA
Otra zona en conflicto es la que habitan en los sectores Los Sauces, Tierra Amarilla y la Perla, que en diversas ocasiones han exigido al Congreso del Estado determinar si pertenecen a Centro o Nacajuca, un conflicto que lleva largos años en litigio.
El año pasado, el entonces diputado de Morena, y síndico de Hacienda del gobierno electo de Centro, Daniel Cubero Cabrales, sometió a consideración del pleno del Congreso local una iniciativa que reformaría diversas disposiciones a la Ley de Ordenamiento Sustentable del Territorio del Estado de Tabasco.
La finalidad es que se endurezcan las medidas de autorización a los fraccionadores o constructores de viviendas, en la que se garantice al comprador que su futura vivienda cuenta con todos los servicios, así como los derechos y permisos que le garanticen seguridad a su patrimonio y que lejos de comprar un problema, adquieran un inmueble seguro y bien resguardado para generaciones futuras.
El documento al cual el legislador dio lectura en la más alta tribuna del Congreso, asienta que se propone que el fraccionador cumpla con diversas disposiciones de tal manera que a futuro estos asentamientos no se vean afectados por las lluvias.
Ejemplo de lo que deben cumplir: una constancia de verificación, así como un permiso de no afectación de predios o fraccionamientos aledaños, respecto a la altura, descarga de aguas, emitidos por las instancias de Protección Civil y otras dependencias.
Para el exdiputado hay en Villahermosa más de 270 fraccionamientos que no se han podido municipalizar por irresponsabilidad de los fraccionadores y las modificaciones a esta ley permitirían su regularización, entre los que se encuentran por citar algunos ejemplos: fraccionamiento Valle del Jaguar, Los Sauces, Villa Brisa, Sol Campestre, San Clemente, San Ángel, Palma Real, Real del Ángel, las Torres, Loma Linda, Ángeles de Ixtacomitán, Islas del Mundo, José Colomo, Bonampak, Chilan Balan, Miguel Hidalgo, Olimpo, Buena Vista y zonas residenciales como Río Viejo, las Quintas, los Ríos, Hacienda Esmeralda, el Toreo, Campestre, Villas del Sol y los Robles.
Reprobó que, a desarrolladores inmobiliarios, de empresas contratistas y de sus socios, sin miramiento alguno, se les hace fácil abandonar un proyecto sin culminarlo en su totalidad, comenzando uno nuevo, con una nueva razón social, desapareciendo la empresa anterior, y dejando a los propietarios y al propio Ayuntamiento sin la oportunidad de municipalizar los servicios públicos, dadas las omisiones en el proyecto autorizado.
Daniel Cubero reveló también el gran negocio que se dio en la escrituración de los inmuebles en diversos fraccionamientos, ya que los beneficiarios fueron obligados a escriturar con un solo notario público a modo de los empresarios, al que se le suma la obligatoriedad de tener que contratar un seguro de vivienda leonino que lejos de beneficiar a los asegurados, beneficia exclusivamente al banco.
Irregularidades que, sumadas a la serie de omisiones en que incurrieron los constructores (casa club, barda perimetral, espacios públicos, acceso independiente, áreas de donación, entre otras), generan un perjuicio directo a los habitantes y de manera indirecta al municipio de Centro.
Misma hipótesis se observa en el fraccionamiento El Olympo de la ranchería Río Viejo primera sección, en el cual las personas compraron de buena fe sus viviendas, y en la mayoría de los casos, a través de créditos hipotecarios pagaderos a más de 20 años, donde el fraccionador incumplió con lo establecido en el proyecto Olimpo.
Para terminar, hizo mención sobre el fraccionamiento Estrellas de Buena Vista, ubicado en la ranchería Buena Vista primera sección, donde por más de 10 años los vecinos han sufrido de anegaciones constantes y no por fenómenos naturales extraordinarios como los que vivimos hoy en día, sino por simples lluvias y encharcamientos, razón que les ha quitado la tranquilidad y los ha obligado a implementar acciones para tratar de mitigar el daño causado en sus viviendas por la falta de obras secundarias y el deterioro de las ya existentes, pues al igual que en el caso anterior, los socios de la empresa hoy no responden por los daños causados por su irresponsabilidad, durante más de una década.
Nueva ley pondrá orden
A mediados de este año, el gobierno estatal anunció una serie de medidas e iniciativas que pondrán fin a la anarquía y corrupción que por años marcó el proceso de desarrollo urbano e incidió en la proliferación de asentamientos irregulares.
Por ello, el jefe del Ejecutivo envió al Congreso local –a través de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos– la iniciativa con proyecto de decreto, por la que se expediría la Ley de Asentamientos Urbanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
El entonces gobernador Adán Augusto López Hernández señaló que atrás quedó la etapa oscura en la que se hacían fraccionamientos y no estaban regularizados ni mucho menos entregados a los municipios, que son los obligados de proporcionarle los servicios municipales; es decir, de garantizar que no falte el agua, que haya drenaje, pavimentación, servicio de recolección de basura y alumbrado, entre otros.
IRREGULARES
- La Venta
- Bicentenario
- 27 de octubre
- Villa del Cielo
- Gracias México
- Constitución
- Pancho Villa
- Insurgentes
LA LEY DICE…
Artículo 233.- Una vez obtenida la resolución aprobatoria de las obras de urbanización y equipamiento, el fraccionador deberá tramitar la municipalización del fraccionamiento. El fraccionador estará obligado a prestar gratuitamente los servicios municipales de agua potable, drenaje, alumbrado público y recolección de basura, hasta la fecha en que concluya la entrega al Municipio o Concejo Municipal.
Artículo 234.- El fraccionador, una vez concluida la ejecución de la urbanización total del fraccionamiento, de conformidad con el proyecto definitivo autorizado, solicitará al Ayuntamiento o Concejo Municipal, la municipalización correspondiente. Los fraccionamientos que se urbanicen por etapas podrán municipalizarse parcialmente. Para tal efecto, el fraccionador comunicará por escrito al Ayuntamiento o Concejo Municipal, la conclusión de las obras, con objeto de que las apruebe y las reciba, por su parte, esté último emitirá la resolución que corresponda, en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud.
Artículo 235.- El Ayuntamiento o Concejo Municipal, dentro de un plazo que no excederá de 15 días hábiles, evaluará la documentación presentada por el fraccionador; en los términos previsto por el Reglamento de la presente Ley. (Ley de Ordenamiento Sustentable del Territorio del Estado de Tabasco)
Fuentes: SOTOP, Ayuntamiento de Centro, Congreso del Estado, Gobierno estatal
Al no estar municipalizados, el Ayuntamiento de Centro no puede proporcionarles servicios
Una nueva legislación busca poner orden en el crecimiento de la ciudad
La Ley de Ordenamiento Sustentable del Territorio del Estado de Tabasco obliga a los desarrollares a realizar obras de urbanización