El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) carece de atribuciones para posponer o interrumpir el procedimiento de revocación de mandato, y debe ajustar su presupuesto para garantizar la participación de los mexicanos en los procesos de democracia.
La Sala Superior del TEPJF concluyó que el tema presupuestal carece de fundamento legal por parte del INE para acordar que se aplace la revocación de mandato y exhortó al órgano autónomo cumplir con la ley.
Y explicó en su resolución: «El único supuesto normativo que justifica su interrupción (en la revocación de mandato) es el incumplimiento de requisitos constitucionales y legales, como es no alcanzar el apoyo ciudadano equivalente al 3 por ciento de la Lista Nominal de Electores o que la solicitud no corresponda a por lo menos 17 entidades federativas y que representen como mínimo el 3 por ciento de la Lista Nominal de Electores de cada una de ellas, supuesto que no motiva la decisión controvertida», de acuerdo con la última sesión del Tribunal Electoral de 2021.
Indicó que el INE debe solicitar una ampliación de su presupuesto y la dependencia federal tiene que dar una respuesta inmediata a la petición, pues también está obligada a garantizar el respeto de los derechos humanos de los mexicanos.
El conflicto presupuestal también se encuentra en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al recibir una controversia constitucional por parte del INE y será la instancia que determine el curso del ejercicio de participación ciudadana respecto al derecho de los mexicanos a opinar si quieren o no que Andrés Manuel López Obrador continúe en el cargo de Presidente de México.