Piden retomar iniciativa para defensa de mujeres

La fundadora del Consejo de Ong’s, María Teresa Jaber, recordó que el proyecto es una reforma al Código Penal Federal que permitiría el uso de gases y aparatos de descargas eléctricas, entre otros

Villahermosa

La abogada María Teresa Jaber Pancardo, fundadora del Consejo de Organizaciones no gubernamentales de la entidad, urgió retomar una propuesta legislativa surgida 2020 sobre el uso de armas de protección para las mujeres, como gases lacrimógenos o dispositivos de descargas eléctricas, que actualmente están prohibidos según el Código Penal Federal.Lo anterior debido a que se continúan registrando casos de violencia contra las mujeres y feminicidios.

“Es necesario que se permita el uso a las mujeres de toda clase de dispositivos electrónicos como autodefensa ante el creciente fenómeno de feminicidio”, señaló a Novedades de Tabasco la activista.

Añadió que no ve la razón para no permitirse, si en México desde el 2020 el Senado de la República aprobó el derecho absoluto a la legítima defensa sin ser procesado penalmente.

Según la abogada tabasqueña, esta reforma tiene como principal propósito dar un marco jurídico que proporcione instrumentos que garanticen a todos los ciudadanos y sus familias poder actuar en defensa de su vida, integridad y patrimonio, incluso en las más extremas de las circunstancias.

ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA

La iniciativa surgió en el 2020 por parte del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la Cámara de Diputados, quien propuso una reforma al Código Penal Federal para permitir a mujeres el uso de dispositivos de gas y de descargas eléctricas para defensa personal, siempre que estos no provoquen la pérdida de conocimiento o arriesguen la vida de las personas.

QUÉ SUSCRIBE EL CÓDIGO PENAL

Actualmente, el Código Penal Federal prohíbe la portación, fabricación, importación, venta o acopio sin un fin lícito o con la intención de agredir, de instrumentos que puedan ser utilizados para el ataque o la defensa.

En la iniciativa para modificar el Artículo 160 de dicho código, la diputada Sol Merino plantea despenalizar el uso de gasificadores o dosificadores con un contenido de hasta 150 gramos, así como de dispositivos electrónicos para defensa.

En marzo del 2022, otra legisladora priista, Marta González Carrillo, presentó en el Congreso de la Ciudad de México otra iniciativa con el fin de permitir que las mujeres puedan portar y usar, en caso de ser víctimas de un delito, aparatos como electrochoques conocidos como “taser” y gas pimienta.

Dicha solicitud en materia de defensa personal de las mujeres, fue presentada al pleno del Congreso de la Ciudad, para permitir la fabricación, importación o acopio de instrumentos que puedan ser utilizados para agredir, con el fin de ser utilizados para defensa personal.

Además, la priista propone adicionar los párrafos segundo y tercero del citado artículo 251, para establecer que se consideran instrumentos de defensa personal los dispositivos de electrochoques y de gas pimienta, y que las mujeres puedan portarlos y usarlos para su defensa personal.

De acuerdo con antecedentes, la reforma se centra en la fracción IV del artículo 15 y se adiciona un párrafo al artículo 16 del Código Penal Federal; así como se adiciona un artículo 34 BIS a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de legítima defensa.

La iniciativa y posterior aprobación a la reforma de estas leyes, tomó mayor fuerza debido a la situación de inseguridad y violencia de género que se vive en el país. Existen varios casos de mujeres, que, protegiendo su integridad, asesinaron a su agresor, por lo que ahora atraviesan un proceso penal injusto.

REFORMAS EN TABASCO

El jurista Sergio Antonio Reyes, presidente del Colegio de Abogados Tabasqueños, dijo que para que se permita el uso de todo dispositivo electrónico a las mujeres a manera de defensa personal, habría que hacer reformas al Código Penal de Tabasco.

A nivel nacional, junio fue el mes más violento para las mujeres en materia de feminicidios, ya que se registraron 89 casos, la cifra más alta del 2022, de acuerdo con el informe de seguridad.

La cifra también aumentó a comparación de mayo, cuando se reportaron 84 casos. Mientras que en los meses anteriores se han registrado 79 en enero; 83 en febrero; 75 en marzo y 83 en abril, sumando un total de 493 casos en el primer semestre del 2022.

FEMINICIDIO EN TABASCO

De acuerdo datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), revisados por Novedades,durante los primeros seis meses del año se iniciaron 8 carpetas de investigación por feminicidio en la entidad, cifra similar a la del mismo periodo del 2021.

No obstante, al comparar las cifras del 2021 contra la del 2018, el número de casos de feminicidio se redujo casi un 53 por ciento al pasar de 40 a 15 asesinatos de mujeres.

¿QUÉ DICE LA LEY?

Analizando la Ley Federal de Armas encontramos que prevé dos delitos relacionados con la aportación de armas, encontrando en el artículo 81 al delito de portación de arma sin licencia, mismo que nos menciona que aplica para las armas comprendidas en los artículos 9 y 10, dentro de los cuales no se encuentran descritos los dispositivos de gas pimienta ni los paralizantes.

En cambio, el artículo 83 habla sobre el delito de portación de arma exclusiva del Ejército, remitiéndonos al listado de armas exclusivas y que encontraremos en el artículo 11, siendo en su inciso L) que se puede constatar como de uso exclusivo del ejército los gases y substancias químicas de aplicación exclusivamente militar, sin detallar cuales son dichos gases, mientras que su fracción K) alude a la munición de gas en forma de bala específicamente.

Recapitulando, la prohibición de portar dispositivos de electrochoques no se encuentra prevista en las Leyes Federales, encontrando que el Código Penal Federal en su artículo 160 párrafo tercero le otorga competencia a los Estados para su tipificación (señalarlo como delito en sus leyes estatales), mientras que respecto a los dispositivos de gas encontramos una laguna legal ya que no se encuentra señalado que gases son considerados únicamente de uso militar.

¿QUÉ DISPOSITIVOS DE DEFENSA HAY?

  • Sprays de gas lacrimógeno
  • Linternas deslumbrantes
  • Llaveros alarma

FEMINICIDIOS

TABASCO

Enero-junio 2022: 8

Enero-junio 2021: 8

2021: 15

2020: 15

2019: 16

2018: 40

María Teresa Jaber Pancardo, fundadora del Consejo de Ong’s de Tabasco

Sergio Antonio Reyes, presidente del Colegio de Abogados Tabasqueños

Podrían defenderse de ataques o asaltos

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