Pide IEM tomar conciencia sobre lo que se comparte y transmite en redes sociales

Con un llamado a tomar conciencia sobre todo lo que se sube, comparte y transmite en las redes sociales para evitar su mal uso, la doctora Aldrubandiz Arias Feria presentó este viernes la ponencia “Violencia Digital”, dentro de los círculos de reflexión que ofrece todos los días el Instituto Estatal de las Mujeres (IEM).

Dijo que todos estamos expuestos, principalmente las mujeres, a que hagan mal uso de lo que se comparte en las redes sociales, pues son inseguras y existen personas que se dedican a robar imágenes para exponerlas públicamente, por lo que insistió en su exhorto a cuidar lo que hacemos con las nuevas tecnologías.

En su exposición, la licenciada en Derecho explicó que la emergencia sanitaria de Covid-19 supuso un gran salto de más de 10 años con respecto a los avances tecnológicos, pues de acuerdo a una encuesta a nivel nacional, realizada por el INEGI, durante el año 2021, 75.6% de toda la población mexicana, estuvo conectada al internet.

Destacó que según datos de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de Información en los Hogares (ENDUTIH) se tiene un estimado que más de 43 millones de mujeres tienen acceso a internet, que equivale a un 71.3% respecto a la población total de mujeres en México.

Arias Feria explicó que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), la ciberviolencia es un comportamiento violento en línea, que va desde el acoso y el agravio público hasta el deseo de infligir daño físico, incluidos los ataques sexuales, los asesinatos y los suicidios inducidos.

“La ciberviolencia contra las niñas y mujeres representa un gran problema para su acceso seguro a las comunicaciones e información digital, genera consecuencias psicológicas, emocionales y sociales para las víctimas y limita el pleno uso, goce y disfrute de sus derechos humanos”, puntualizó.

La también maestra en Derecho Procesal indicó que el “bullying cibernético” es una adaptación de las palabras en inglés cyber y bullying, que en español lo conocemos como ciber abuso o violencia entre iguales.

Detalló que es aquel delito que se realiza a través del uso de los medios de comunicación y principalmente de internet, telefonía móvil y videojuegos online, para cometer acoso psicológico, en donde la intimidación es el problema más reconocido.

Mencionó que de acuerdo al Artículo 163 del Código Penal de Tabasco, el “sexting” es todo aquel que reciba u obtenga de una persona, imágenes, textos o grabaciones de voz, o audiovisuales de contenido erótico, sexual o pornográfico de aquella y las revele, publique, difunda o exhiba sin su consentimiento, a través de mensajes telefónicos, publicaciones en redes sociales, correo electrónico, o por cualquier otro medio.

Señaló que el “Stalked” viene de la palabra “stalker”, que significa acosador y se refiere cuando una persona persigue, acecha y acosa, mediante plataformas tecnológicas, de forma compulsiva a otra persona.

El “grooming” es el acoso ejercido por una persona adulta hacia un (a) niño/a o adolescente, con el propósito de establecer una relación de control emocional y de abuso sexual. Agregó que el Artículo 163 del Código Penal de Tabasco indica un agravante a esta conducta cuando se comete en contra de una persona menor.

La doctora en Derecho Procesal puntualizó que el “shaming” es el término que se usa para nombrar aquellos actos que tienen el objetivo de avergonzar a la víctima, principalmente a las mujeres. El término se utiliza cuando se expone a alguien con el objetivo de humillarlo no solo por su físico, sino por sus deseos sexuales o preferencias.

En su exposición, añadió que el “doxing” o “doxeo” se refiere cuando por medio de publicaciones dentro de las redes sociales, se filtra información privada de la víctima como su dirección o conversaciones por privado, con el objetivo de exponerlo ante todo el mundo.

Al hablar sobre la “Ley Olimpia”, subrayó que es un conjunto de reformas incluidas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, con el objetivo de sancionar las conductas que violen la intimidad y la violencia digital conocido como “ciberviolencia”.

Estableció que las conductas tipificadas en la ley, son video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona, sin su consentimiento o mediante engaños; y exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual de alguien, a sabiendas de que no existe consentimiento.

“Y son acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan contenido íntimo de una persona sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos y que puedan atentar contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres”, afirmó.

Aldrubandiz Arias también abordó la Ley Estatal de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LEAMVV), promulgada en el año 2008, con el objetivo de salvaguardar la integridad del género femenino y frenar la desigualdad de género, y se encarga de penalizar la violencia a través de los medios digitales hacia las mujeres.

Finalmente, recomendó a quienes sufren algún tipo de violencia cibernética, a que acudan a denunciar a la Fiscalía General del Estado (FGE), que cuenta con la Unidad de Investigación de Delitos Informáticos, que tiene como misión detectar hechos delictivos cometidos a través de medios informáticos o electrónicos.

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