Reflexiona IEM sobre derechos políticos y electorales de las mujeres

A no permitir intimidaciones, agresiones, amenazas y descalificaciones, que menoscaben o anulen los derechos políticos de la mujer, exhortó Ysabel Ramón de la Cruz, jefa del Departamento de Gestión Municipal del Instituto Estatal de las Mujeres (IEM), al impartir la plática, “Violencia política en razón de género”, como parte del ejercicio diario, de este organismo, para lograr una sociedad igualitaria y libre de violencia.

Como parte del Círculo de Reflexión, de este miércoles, la ponente, expuso que los derechos de las mujeres, en materia política y electorales, es un tema de gran relevancia, en una sociedad, cuyas bases estructurales han estado fincadas en creencias, de que sólo los hombres, podían aspirar a cargos públicos y participar en contiendas electorales, cuando en la actualidad, se ha demostrado, que la mujer también es capaz de destacar en la política.

Ante participantes del funcionariado público del estado, a esta capacitación virtual, comentó, que aunque se han dado logros importantes, para reconocer los derechos de las féminas en la política y establecido protocolos, para atender la violencia en razón de género, el hecho de no denunciar, ha llegado a normalizar e invisivilizar la violencia política, por lo que invitó a quien la sufra, a no quedarse callada.

“Necesitamos mujeres, en esos espacios, mujeres conscientes de la realidad social que vivimos, que lleguen ahí, a esos sitios de toma de decisiones, en donde podemos proponer, hacer políticas públicas con perspectiva de género, para beneficio de las mujeres y para cerrar esa brecha, de desigualdad que existe, entre mujeres y hombres”, apuntó.

La especialista, precisó que en el ámbito estatal, -aunque no es el caso de Tabasco-, 28 entidades federativas, han incorporado la modalidad de violencia política contra las mujeres en algunos ordenamientos, como son la Constitución Política, la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Electoral y/o Código Penal.

Detalló que entre las manifestaciones de la violencia política, se encuentra causarle la muerte por participar en este ámbito; agredirla para menoscabar o anular sus derechos políticos; atacarla sexualmente o producirle el aborto, para frenar sus derechos en este sentido; realizarles tocamiento o proposiciones, acercamientos o invitaciones no deseadas, de naturaleza sexual, que influyan en sus aspiraciones.

Así también, Ramón Cruz, explicó, que se considera violencia política, amenazar, asustar o intimidar, en cualquier forma, a las mujeres y sus familias, para privarla de sus derechos políticos, incluyendo la renuncia al cargo o función que ejercen o postulan; que restrinjan o anulen el derecho al voto libre y secreto de las mujeres, así como, difamar, calumniar, injuriar, denigrarlas, en el ejercicio de sus funciones políticas, con base en estereotipos de género, para menoscabar su imagen pública y limitar sus derechos.

En presencia de las Directoras de Atención a las Mujeres de los municipios, resaltó, que las agresiones pueden estar dirigidas a una sola mujer o a un grupo de personas, a su familia y a su comunidad.

Abundó que la violencia política, puede ser perpetuada, por el Estado o sus agentes, superiores jerárquicos o subordinados, por colegas de trabajo, partidos políticos o representantes de los mismos, medios de comunicación o cualquier persona o grupo.

En cuanto a las víctimas de la violencia política, señaló que pueden ser militantes, aspirantes a cargos de elección popular o las dirigencias de sus órganos internos, partidos políticos y candidatas, en el ejercicio del cargo para el que fueron electas.

Asimismo, mujeres que integran los consejos distritales o locales, organismos o instituciones electorales y las que fungen como funcionarias o representantes de los partidos en la mesa directiva de casillas.

En su amplia y detallada ponencia, dio a conocer las instituciones de atención, canalización y solución de casos, relacionados con la violencia política, contra las mujeres en razón de género, tales como: el INE, FEPADE, TEPJF, SEGOB, CEAV, FEVIMTRA, CONAVIM, INMUJERES, CONAPRED, CNDH y el IEM.

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