SCJN otorga amparo y ordena inmediata libertad de tres hombres

Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó el amparo liso y llano a Juan Luis, Héctor y Gonzalo, quienes fueron sentenciados a 50 años de cárcel por el delito de secuestro agravado en grado de tentativa, y que se encuentran presos desde hace siete años en el estado de Tabasco.

El proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena alcanzó el consenso del pleno al sostener en el proyecto que el tribunal de enjuiciamiento oral violó el principio de presunción de inocencia en su vertiente de regla de juicio o estándar de prueba.

La condena de las tres personas se basó en las testimoniales de la presunta víctima y su hijo y no se corroboraron con otros elementos de prueba, hay duda de cómo ocurrieron los hechos y la defensa planteó una hipótesis de inocencia coherente y sólida que no fue desvirtuada por la acusación, destacó el ministro presidente Arturo Zaldívar.

Los agentes que declararon no presenciaron los hechos, pero aún así sus declaraciones fueron tomadas como elementos de prueba, tampoco buscaron a testigos del lugar de los hechos ni llevaron a cabo una investigación mucho más exhaustiva, no solicitaron las grabaciones de cámaras de vigilancia donde supuestamente ocurrieron los hechos ni buscaron a testigos que pudieron haber presenciado los hechos.

“Nos encontramos ante un caso en el que la parte acusadora no logró acreditar la culpabilidad más allá de toda duda razonable”, dijo el ministro Zaldívar.

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