Las mujeres tabasqueñas, el empoderamiento

El precursor Decreto 9 de fecha 14 de marzo de 1925, promulgado en el Periódico Oficial de la época, desde entonces otorgó a la mujer el derecho de votar y ser votada en la elección de sus gobernantes, implicó por sí mismo un parteaguas en la historia política de Tabasco y, aún más, en México. El voto a la mujer en tiempos de Tomás Garrido Canabal marcó el inicio del empoderamiento del género femenino en una etapa controversial1, cuando los hombres eran los únicos poseedores del monopolio en las decisiones sobre el diseño del plan de ruta del devenir público en el estado.

No sería gratuito que a éstas se le abriese el paso cuando que el interés del gobernante estuvo por tener consigo su apoyo, sobre todo de aquellasidentificadas con la causa revolucionaria, so pretexto de elevar su nivel social, hasta entonces “esclavizada por el egoísmo del hombre”.

Aludió también a sus facultades intelectuales capaces para llevar a cabo los problemas “hasta hoy solamente encomendadas al hombre”.

Motivo por el cual se consideró justo levantar el nivel social y consciente de la mujer, cederle la participación en las luchas democráticas, “para aprovechar así su inteligencia a favor de la causa redentora”.

El Decreto estableció en los cuerpos edilicios la integración hasta por una tercera parte de mujeres; en donde la profesora Sara Montiel Castillo fue la primera regidora que hubo en 1926 para la municipalidad de Centro.

Esa contrariedad, sin embargo, no representó obstáculo alguno para que este género empezase un activismo persistente a la fecha ante el machismo políticonegado a cederle espacios en el actuar de público, más allá de las convenientes cesiones del poder, que abrió el paso a Alicia González Lanz para que llegase a ejercer como presidenta municipal de Tacotalpa, la primera partícipe de la gobernanza local que lo fue para el trienio 1974-19762.

La primera diputada aunque suplente lo fue por el Distrito I, de Centro y Teapa, para el período 1956-1959 correspondiente a la XLIV Legislatura; la profesora Elvira Gutiérrez de Ricárdez en su caso fue la primera diputada propietaria en el Distrito IX, comprendiendo Tenosique, Balancán y Emiliano Zapata, para el
período 1962-1965 por la XLVI Legislatura3
.
Hubo de discurrir décadas hasta que en la LXI Legislatura del Congreso del Estado, de 2013 a 2015, hubo un inédito bloque de 15 diputadas equivalentes al 42% de la Cámara. Implementada la paridad de género a partir de la reforma política de 2014, sin embargo, no se logró siquiera revalidar ni incrementar esa representatividad en presencia de mujeres diputadas.

En cuanto a alcaldesas hasta antes de 2015 sólo seis mujeres lograron tener esa posición; a saber: Alicia González Lanz por Tacotalpa, entre 1974 y 1976; María del Carmen Paredes Saldívar, por Centla, para el período 1977-1978; Gladys Cano Conde por Teapa, de 1986 a 1988; Georgina Trujillo Zentella por Centro, entre 1988 y 2000; María de Lourdes Bolívar Gorra por Emiliano Zapata, de 1998 a 1999; y Elda Llergo Asmitia por Teapa, entre 2013 y 2015.

Para las presidencias municipales en el proceso electivo 2014-2015 se estableció por sentencia jurisdiccional4, mediante juicio de revisión constitucional, de fecha 26 de abril de ese 2015, la paridad horizontal equiparable al 50% que permitió a
las mujeres participar en la mitad de las presidencias municipales; ahora en el proceso 2017-2018 será en igualdad de nmérica y competencia para todos los cargos de elección popular.

En la actualidad para el período 2015-2018 cuatro de las municipalidades son presididas por mujeres electas por el voto ciudadano. Por Centla, María del Carmen Lépes Sanlucas; por Emiliano Zapata, Manuela del Pilar Ríos López; por Jalapa, Esperanza Méndez Vázquez; y por Jonuta, Ana Lilia Díaz Zubieta.

Aunque desde la Reforma Política de 2014 que derivó también en la Ley General de Partidos Políticos, se estableció la postulación paritaria en un 50 por ciento para candidatas mujeres y candidatos hombres a las diputaciones, en el ámbito
federal y local; en regidurías aplicaría sólo por criterio vertical respecto de la integración alternada.

En vista del Proceso Electoral 2017-2018, el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco emitió el 30 de noviembre de 2016 los lineamientos por los cuales se obliga a los partidos políticos a postular en presidencias municipales a nueve candidatas mujeres y 8 candidatos hombres, en el esquema de igualdad de competencia, segmentadas las comunas en bloques de baja, mediana y alta votación conforme a lo obtenido en lo particular en las elecciones de 2015.

Respecto de diputaciones, en su caso el 14 de diciembre siguiente se dio los mismos criterios para efecto de postular a 11 candidatas mujeres y 10 candidatos hombres.

Con los Acuerdos en comento los partidos políticos coaligados y/o en solitarios participantes del Proceso Electoral 2017-2018 deberán observar la Acción.

Afirmativa con el objetivo de que se tenga las mismas oportunidades para mujeres y hombres en lo paritario y en lo sustantivo, en igualdad de competencia.

El desafío para las mujeres políticas insertas en el entramado de la gobernanza tabasqueña será aún mayor en la contemporaneidad promisoria por mostrar el oficio en el ejercicio en lo público la autoridad administrativa y legislativa; ellas igual de competentes para ejercer el poder, dar respuestas efectivas a la sociedad del estado de Tabasco que exige desarrollo, además de crecimiento en su correspondiente municipalidad y Distrito al que como legisladoras pertenezcan.

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