Veda electoral entra en vigor el jueves; cero proselitismo

Francisco Uribe

Villahermosa

Este miércoles 29 de mayo es el último día para que las más de 300 candidatas y candidatos que se registraron para ir en busca de un cargo de elección popular federal y estatal realicen actividades de proselitismo político, ya que, a partir de las primeras horas del 30 del mismo mes, entra en vigor la veda electoral.

Las campañas electorales en Tabasco, arrancaron los días 1 y 16 de marzo, durante ese periodo las y los candidatos a un cargo político federal y estatal realizaron recorridos por toda la geografía tabasqueña para dar a conocer sus propuestas para ser elegidos el próximo 2 de junio durante las votaciones a la que han sido convocados más de 1 millón 800 mil tabasqueños.

El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el fin de las campañas electorales está programado para el miércoles 29 de mayo del 2024; hasta este día, las y los candidatos podrán realizar sus actividades para convencer a la ciudadanía que son la mejor opción.

Según el INE, la veda electoral consiste en un periodo de reflexión y su finalidad, prevista en el Artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, es que la ciudadanía pueda tener un tiempo en el cual pueda pensar su voto y saber a cuál candidato elegir.

Cabe señalar que las campañas electorales deben concluir 3 días antes de celebrarse la jornada electoral del 2 de junio, por lo que el 29 de mayo es el último día para actos proselitistas.

El periodo de veda, según autoridades del INE, sirve para que el voto de los ciudadanos pueda ser libre, sin presiones ni restricciones, aplica también a medios de comunicación, autoridades y hasta a las redes sociales.

Desde el 1 de marzo, los candidatos han recorrido el territorio tabasqueño presentando sus propuestas y buscando ganar el apoyo de los votantes.

¿Qué no pueden hacer los candidatos durante la veda electoral?

En los 3 días previos, y el mismo día de la jornada electoral, quedan prohibidos los actos de campaña y proselitismo electoral, todo tipo de propaganda electoral, propaganda gubernamental, -excepto campañas de servicios educativos, de salud, o protección civil-, realizar o difundir informes anuales de labores,  propaganda política en radio o televisión, difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales, y, el día de la jornada, no debe haber propaganda electoral cerca de cualquier casilla.

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