Francisco Uribe
Villahermosa
Las recientes reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos refuerzan la disposición que permite a cualquier ciudadano, previa autorización, tener un arma en su domicilio para defensa personal.
El pasado 23 de abril de 2025, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 476 votos a favor de todos los partidos políticos, modificaciones a dicha ley, que endurecen las penas y sancionan hasta con 30 años de prisión a quienes trafiquen o introduzcan armas al país de forma ilegal.
Sin embargo, la reforma también facilita la obtención de permisos para que ciudadanos puedan poseer armas en sus hogares con el fin de proteger sus bienes y su integridad frente a actos delictivos.
Además, la nueva legislación permite el uso de armas en áreas consideradas estratégicas o de seguridad pública, como empresas públicas, paraestatales y órganos autónomos —entre ellos Pemex, CFE, Banxico, la Casa de Moneda y el SAT— para que el personal asignado a funciones de seguridad pueda portar armas de fuego.
En contraste, la Secretaría de Gobernación informó que, a través del programa “Sí al Desarme, Sí a la Paz”, se han retirado más de 60 mil armas en todo el país como parte de las acciones para reducir la violencia.
Defensa legítima en casa
El ex presidente de la Asociación de Empresas de Seguridad Privada en Tabasco, Juan Manuel Trujeque Rossi, se manifestó a favor de que los ciudadanos puedan poseer un arma en sus hogares como una medida de legítima defensa. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en Tabasco existen 669 mil 303 viviendas particulares habitadas; sin embargo, solo hay alrededor de 31 mil armas registradas en el estado, lo que refleja una baja proporción de posesión legal.
Sanciones por tráfico de armas
El dictamen establece que se impondrá de 7 a 30 años de prisión y una multa de 250 a 2 mil veces el valor diario de la UMA a quien introduzca al territorio nacional armas de fuego de manera ilícita, así como aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, cargadores y otros artefactos reservados para uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. También se reconoce el derecho legítimo de las comunidades ejidales y comunales a poseer armas de manera responsable para fines lícitos, con calibres previamente establecidos por la ley.
Asimismo, se prohíbe a militares retirados utilizar armas de su propiedad para prestar servicios de seguridad privada.
CIFRAS
669,303 viviendas particulares habitadas en Tabasco
31,000 armas registradas legalmente en el estado
Más de 60,000 armas retiradas a nivel nacional mediante el programa Sí al Desarme, Sí a la Paz
Fuentes: SEDENA, INEGI, Secretaría de Gobernación, Empresas de Seguridad Privada