Francisco Uribe
Villahermosa
Desde el puente Carrizal que conduce al parque Tabasco ‘Dora María’ hasta los fraccionamientos ‘Los Espejos’, toda una franja del río Carrizal se encuentra invadida por unos ocho asentamientos irregulares, por parte de personas que pararon chozas improvisadas a base de madera y de laminas
La Ley de Aguas Nacionales en el artículo 3, fracción XLVII, define como “Ribera o Zona Federal” a: Las franjas de diez metros de anchura contiguas, es decir, no se puede establecer ningún asentamiento dentro de ese margen.
A pesar que estas chozas son ocupadas, por personas que argumentan que no tienen donde vivir, como exclama el señor Juan Manuel Serrano.
Sin embargo, su caso no es el único, porque en Tabasco existen cerca 300 asentamientos irregulares donde residen poco más 100 mil personas, que son susceptibles de sufrir inundaciones en tiempos de precipitaciones pluviales altas. Estos asentamientos se localizan en las márgenes de los ríos Grijalva, Carrizal y Viejo Mezcalapa.
Tanto el Instituto de Protección Civil como de la Comisión Nacional del Agua reconocen que se trata de un añejo problema que, lejos de solucionase, se ha incrementado considerablemente, con las consecuencias que ello implica, ya que cada temporada de lluvias estos lugares sufren de anegaciones, además que corren el riesgo de ser víctimas de algún deslave.
Durante las inundaciones del 2007 muchas de estas familias fueron reubicadas a los fraccionamientos “Gracias México” y 27 de octubre, pero el gobierno se topó con la realidad que muchos se volvieron a regresar debido a que argumentan que no les gustó el lugar.
CIFRA:
300 asentamientos irregulares hay en Tabasco
Conflictos
Zona invadida:
Desde el puente Carrizal (rumbo al parque “Dora María”) hasta los fraccionamientos Los Espejos.
Material de construcción:
Chozas hechas con madera y láminas.
Número de asentamientos irregulares:
Aproximadamente 8 en esta franja del río Carrizal.
Población afectada:
Más de 100 mil personas viven en zonas de alto riesgo.
Zonas de riesgo:
Márgenes de los ríos Grijalva, Carrizal y Viejo Mezcalapa.
Zona federal prohibida:
10 metros contiguos a cuerpos de agua, según la Ley de Aguas Nacionales, artículo 3, fracción XLVII.