Por unanimidad, con 308 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó la reforma al artículo 79 de la Ley General de Salud, con lo cual los encargados de las farmacias para ejercer su labor deberán contar al menos con un título de carácter técnico en farmacéutica, avalado por una autoridad educativa competente.
La enmienda legislativa establece que “para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la farmacia (…) se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización haya sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes”.
Anteriormente dicho artículo no comprendía a los encargados de farmacias, como sí comprendía por ejemplo a otros profesionales de la salud, como médicos, odontólogos, veterinarios, ingenieros sanitarios o dietólogos.
El farmacéutico debe ser ahora el profesional de la salud experto en medicamentos y por ahora existen 29 denominaciones para los programas educativos de nivel superior asociados a la farmacéutica.
En la fundamentación del dictamen aprobado se establece que se requiere fortalecer la actividad técnica de la farmacia como profesión como parte del desarrollo de la actividad técnica y evitar repercusiones negativas en el reconocimiento del profesional de farmacia.
Se calcula que en el país hay más de 28 mil farmacias que reciben prescripciones de 100 mil médicos en ejercicio privado.
El diputado del PRI, Pedro Luis Noble Monterrubio, enfatizó que los empleados de farmacia deben estar preparados como profesionales de la salud, ya que son quienes entregan los medicamentos a las personas.
Por su parte, la diputada del Movimiento Ciudadano, Rosa Alba Ramírez Nachis, destacó que la reforma impulsa la profesionalización de los empleados de farmacia, toda vez que sólo el 30% de ellos están profesionalizados.
Señaló que el cambio a la Ley General de Salud debe garantizar a los empleados de farmacia un sueldo mínimo y refiere la importancia de la salud para otorgar los medicamentos de manera oportuna a los pacientes.