El presidente Andrés Manuel López Obrador reafirmó que la iniciativa de reforma constitucional al Poder Judicial —enviada el 5 de febrero a la Cámara de Diputados— fomentará la participación del pueblo en la elección de sus representantes, limpiará la corrupción y ayudará a resolver problemas estructurales dentro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y tribunales.
“El Poder Judicial está tomado, está secuestrado, está al servicio de una minoría rapaz, está al servicio de la delincuencia llamada organizada y de la delincuencia de cuello blanco, entonces sólo con la participación de la gente, con la democracia, con el método democrático, eligiendo jueces, que el pueblo elija abogados íntegros, incorruptibles, con vocación de justicia, sólo así vamos a poder avanzar y esto no es un asunto que se va a lograr fácilmente en el corto plazo, va a llevar tiempo, pero hay que empezar”, subrayó al encabezar la conferencia de prensa matutina.
“Algo que ayuda mucho es que no se mantengan los poderes de élite, sino que se vaya purificando la vida pública con la participación de todos; que se termine con el elitismo, con la idea de que la política es asunto de los políticos, de las élites. No. Que le preguntemos siempre al pueblo para no equivocarnos, mandar obedeciendo al pueblo y si el pueblo se equivoca, vuelve a mandar porque vivimos en una democracia”, agregó.
El mandatario indicó que “el pueblo tiene, además, de ser muy inteligente, un instinto certero, sabe quién es recto, quién no; sabe quién es honesto, quién no; sabe quién le tiene amor al pueblo y quién lo desprecia”.
Para que la reforma en esta materia sea una realidad, recordó, debe contar con mayoría calificada, es decir, dos terceras partes de la votación de legisladoras y legisladores en las cámaras de Diputados y de Senadores.
“Por eso es muy importante la elección próxima. Yo le tengo mucha confianza a la gente, al pueblo de México. La verdad, la verdad, es excepcional y ahora más porque se está empoderando”, mencionó el jefe del Ejecutivo.
La secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, explicó que la modificación a la Carta Magna afianza, entre otros aspectos, la elección de ministros, magistrados y jueces con el propósito de legitimar a través de la democracia a las y los impartidores de justicia.
En caso de aprobarse la iniciativa de reforma, en 2025 se celebrará una elección extraordinaria a fin de renovar a todas y todos los ministros, jueces y magistrados del Poder Judicial. Quienes ocupen actualmente el cargo podrán participar en la boleta en igualdad de condiciones. Posteriormente, este proceso electoral se empatará junto con las elecciones ordinarias intermedias y presidenciales.
Las candidaturas de las y los ministros de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial serán elegidos a nivel nacional en elecciones ordinarias a partir de 30 candidaturas paritarias propuestas por los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Los mil 633 magistrados de Circuito y jueces de Distrito deberán ser elegidos en cada uno de los 32 circuitos judiciales en elecciones ordinarias a partir de seis candidaturas paritarias por cargo, dos por cada Poder de la Unión.
El Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) organizará la elección. Este organismo sustituirá al Instituto Nacional Electoral (INE), en caso de aprobarse la reforma constitucional en materia electoral.
Durante el proceso electoral y los resultados de la elección, el Senado de la República verificará que las candidaturas cumplan con los requisitos de ley, como contar con la licenciatura en Derecho y experiencia en la materia.
Las elecciones para cargos en el Poder Judicial se caracterizarán por campañas con duración de 60 días y no habrá etapa de precampañas.
No se permitirá el financiamiento público o privado; las personas candidatas tendrán acceso a tiempos de radio y televisión para difundir sus propuestas y podrán participar en foros de debate; los partidos políticos no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de las candidaturas y el Tribunal Electoral del Poder Judicial resolverá las impugnaciones y declarará los resultados, salvo cuando se trate de sus propios integrantes, cuya resolución corresponderá a la Suprema Corte.
La iniciativa de reforma incluye reglas específicas en la elección. Si hay una ausencia definitiva de ministros, magistrados o jueces, el Senado designará por mayoría calificada a una persona interina que ocupe el cargo hasta que se lleve a cabo la siguiente elección ordinaria.
Para ministros de la SCJN y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, el Ejecutivo federal propondrá la terna. En el caso de magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el Órgano de Administración Judicial, también propuesto en la reforma, planteará la terna, mientras que la Suprema Corte postulará la terna para magistrados electorales.
Menos integrantes en la Suprema Corte, sustitución del Consejo de la Judicatura y nuevas reglas procesales, pilares de reforma
La iniciativa de reforma del Poder Ejecutivo plantea la nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a fin de mejorar su eficiencia, austeridad y transparencia, tratándose del máximo tribunal en el país. Los integrantes se reducirán de 11 a 9 ministras y ministros, quienes también estarán menos tiempo en el cargo al pasar de 15 a 12 años, explicó la secretaria de Gobernación.
Desaparecerán las dos Salas de la SCJN, que resultan opacas en la resolución de conflictos, por lo que la Corte sólo sesionará en el Pleno; sus reuniones y determinaciones deberán ser públicas.
En cuanto a las prestaciones de ministras y ministros, será eliminada la pensión vitalicia, conocida como haber de retiro, para actuales y futuros miembros de la Suprema Corte.
Los cambios a la Carta Magna reiteran que las remuneraciones deberán ajustarse al tope máximo salarial establecido para el presidente de la República sin excepción.
La secretaria Alcalde Luján puntualizó que sustituir al Consejo de la Judicatura Federal es fundamental para vigilar adecuadamente las actuaciones por parte de juzgadoras y juzgadores, quienes deberán servir con vocación de justicia a favor del pueblo de México.
A partir de esta postura, el Consejo de la Judicatura Federal será reemplazado por dos instituciones: el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
El Tribunal de Disciplina Judicial será integrado por cinco magistrados electos por voto popular a nivel nacional por un periodo de seis años, propuestos por los Poderes de la Unión: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La Suprema Corte no participará en esta nueva institución ni en el Órgano de Administración Judicial.
El actual Consejo de la Judicatura Federal no es una entidad independiente porque la presidenta o presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es la cabeza de este consejo, lo que genera conflicto de interés en la impartición de justicia.
El nuevo Tribunal de Disciplina Judicial podrá recibir denuncias de cualquier persona u autoridad e investigar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley, al interés público o a la administración de justicia, incluyendo hechos de corrupción, tráfico de influencias, nepotismo, complicidad o encubrimiento de presuntos delincuentes, o cuando sus resoluciones no se ajusten los principios de objetividad, imparcialidad, independencia y profesionalismo.
Las sanciones de este organismo contemplan amonestaciones, multas, suspensiones y destituciones, excepto en ministros. En este último caso, el Tribunal de Disciplina Judicial podrá presentar un juicio político ante el Congreso de la Unión.
En tanto, el Órgano de Administración Judicial será integrado por cinco personas designadas por un periodo de seis años. El Poder Ejecutivo nombrará uno, el Senado nombrará a otro y la SCJN nombrará a tres.
Será responsable de las funciones administrativas, de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial.
A fin de alcanzar la justicia expedita y el equilibrio entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, habrá nuevas reglas procesales:
Se establece un plazo máximo de seis meses para la resolución de asuntos fiscales y de un año en delitos penales. En caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial deberá informar y justificar las razones del retraso al Tribunal de Disciplina Judicial, que podrá investigar y sancionar la demora.
Quedará prohibido otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, como ocurrió en el caso de la Ley Eléctrica, votada y aprobada por el Congreso de la Unión, pero anulada en los efectos por sólo dos ministros de la Suprema Corte.
Una vez que concluyan los juicios pendientes por los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar. En la Constitución se respetan los derechos y prestaciones de los trabajadores.
Los Poderes Judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.