Margarita tenía 41 años cuando se quedó embarazada. Su avanzada edad, problemas de sobrepeso y una cirugía de bypass gástrico a la que se había sometido meses antes hicieron que su embarazo fuera catalogado de alto riesgo. La mujer, mexicana nacida en la capital, tuvo dos amenazas de aborto y al feto se le detectó síndrome de Klinefelter. Cuando acudió al hospital 20 de Noviembre de la Ciudad de México para solicitar poner fin a su embarazo, los médicos se lo denegaron hasta en tres ocasiones: dos de manera verbal y una última por escrito, pese a haber incluido en la petición la opinión de un experto que detallaba los riesgos que enfrentaba.
Corría entonces finales de 2013, seis años después de que el Distrito Federal aprobara la interrupción legal del embarazo, pero el 20 de Noviembre, un centro de la seguridad social para empleados públicos, se rige por las normas federales, que penalizan hasta con cinco años de cárcel el aborto libre. Margarita acudió a una clínica privada para poner fin a su embarazo, pero inconforme con la postura institucional, decidió promover un juicio de amparo contra los artículos 332 y 334 del código penal federal, que impiden la interrupción.
Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia debate un proyecto del ministro Arturo Zaldívar (impulsor de la propuesta para el uso recreativo de la marihuana y el matrimonio homosexual en México) que busca amparar a Margarita al considerar que la normativa federal “vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la salud sexual y reproductiva y el derecho a la igualdad y no discriminación”. La propuesta declara la inconstitucionalidad de la regulación del aborto en el marco federal y establece que el Estado no puede exigir en su código penal que la mujer lleve a término su embarazo cuando este no fue consentido (como en el caso de una violación), cuando está en riesgo la salud de la embarazada, cuando el feto es inviable o en un periodo cercano a la fecundación.
El proyecto, de ser aprobado, sienta precedente para la despenalización del aborto en el país y supone el primer caso resuelto de una mujer a la que se le niega un aborto.
En la redacción de la propuesta se establece que “en sede judicial no se trata de enjuiciar la moralidad del aborto, sino de determinar si es constitucional castigar con pena de prisión a la mujer que interrumpe su embarazo en determinadas circunstancias”.
Actualmente, sólo la Ciudad de México permite el aborto libre hasta las 12 semanas de gestación. Según datos de la organización civil GIRE (Grupo de Información en Reproducción Elegida), que trabaja en el caso de Margarita, entre abril de 2007, fecha de la aprobación de la interrupción legal del embarazo en el DF, y mayo de 2015, el programa atendió a 141.930 mujeres.
En el otro extremo, las cifras recabadas por la asociación revelan que entre agosto de 2012 y diciembre de 2013, había 22 mujeres en prisión acusadas de aborto, 13 de ellas de manera preventiva y otras nueve con sentencia firme. Para GIRE, impulsora de la aprobación de la interrupción legal del embarazo en la capital, el Supremo “tiene ahora en sus manos la posibilidad de enviar un mensaje a favor de los derechos de las mujeres”, en vez de dar continuidad a un sistema que “las discrimina” del acceso a la justicia.