Abordan derechos de autor en Tercera Semana Digital de Economía Creativa en Tabasco

En el último día del ciclo de conferencias de la Tercera Semana Digital de Economía Creativa en Tabasco, coordinada por la Secretaría de Cultura estatal, el doctor en Filosofía por la Universidad Autónoma de Madrid, Alberto López Cuenca, presentó la ponencia “Más allá de los Derechos de Autor”.

En su charla, habló de los bienes comunes y digitales, sus beneficios y algunas de las regulaciones que tienen, así como sobre la idea de que un bien cultural abierto tiene una función participativa y social muy amplia no solamente en nuestro país, sino en todo el continente y prácticamente en el mundo.

“Quiero abrir un horizonte que nos lleve a pensar que la cultura, la discusión social y las propias formas de gestión de la propia cultura, nos llevan a pensar más allá del derecho de autor, y cómo la economía de mercado nos lleva a la producción de réditos, capital y beneficios económicos y que velan por prestar un servicio a la ciudadanía”, explicó.

También abordó el tema de la economía moral o social, cuya función en realidad no es tanto generar capital o velar por los intereses ciudadanos, sino dar lugar al cuidado, al desarrollo, al bienestar y a otras cosas de atención y de pedagogías críticas.

El también profesor de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla destacó que en el entorno digital se habla de los bienes comunes digitales, que no es otra cosa que digitalizar en común, que no es privativa de entender a la cultura, y no es incompatible con el marco conceptual y legal que abre la noción de los derechos de autor.

Resaltó que desde el año 2018 ha tenido la oportunidad de trabajar con distintas instituciones de México, España, Argentina y Guatemala para plantear cuál sería la función de los derechos de autor, pero no desde la perspectiva que habitualmente se aborda, sino para llegar a saber en qué consiste la autoría o cuando hay violación de la propiedad.

“A mí me interesa mucho la reflexión legal y la concepción económica tradicional, es decir, la que entiende que lo que producen en realidad los derechos de autor y las prácticas culturales son, fundamentalmente, recursos económicos”, aseguró el especialista español.

Dijo que lo que se ha intentado pensar en los últimos 15 años es saber en qué medida las prácticas culturales, los derechos de autor y su desbordamiento –y se ha hecho a través de seminarios, talleres, cursos y publicaciones– se puedan imaginar las otras funciones sociales para la cultura, sobre todo en coyunturas sociales y económicas como las actuales.

Es decir, apuntó, en qué medidas podemos imaginar las prácticas culturales como formas de subsistencia y de organización social a través de las que podemos denominar “bienes comunes”.

Subrayó que el horizonte que tiene el autor o el derecho de autor quedó definido a finales del siglo XVIII, y en el Convenio de Berna se ofreció el marco conceptual de lo que se denominan obras literarias o artísticas.

“En este convenio se dieron a conocer los derechos morales de la Ley Federal de Derechos de Autor, el reconocimiento de la autoría y la imposibilidad de modificar una obra sin el consentimiento explícito de la persona que la creó y el reconocimiento de su obra”, afirmó.

El editor y escritor de diversos libros sobre el tema, explicó que en el caso de las creaciones artísticas no se requiere un registro, es decir, los derechos morales dan por supuesto que se reconoce automáticamente la autoría de una obra por el hecho de haber sido producida por una persona. “Pero eso está en debate, porque nadie se los disputa”, puntualizó.

Aseveró que también están los derechos patrimoniales, quienes son las personas que tienen derecho para reproducir una obra, para circularla o hacerle modificaciones.

«Esos son los derechos que la Ley de Derecho de Autor normalmente regula y en los que pensamos sistemáticamente en conflicto, cuando alguien baja un video o una canción», manifestó.

El integrante de Centro de Cultura Digital expuso que en México se hizo una primera Ley de Derecho de Autor en el año de 1947, pero en 1996 se promulgó una nueva Ley Federal de Derecho de Autor, y que respondió a la necesidad de la entrada de México al Tratado de Libre Comercio de América.

“Lo mismo vuelve a suceder en el año 2020, cuando se reforma la Ley Federal de Derecho de Autor por la entrada en vigor del T-MEC, del Tratado de Libre Comercio”, remarcó.

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